artículo ho . de la Ordenanze Mumicipal NQ 944/92, por haberse alterado el articulado de la. misma; Que a fin de propender al mejor ordenamiento de la presente Ordenanze, se hane nenesarin e stablecer claramente la obligatoriedad de reglamentación por p arte del Ejecutivo Municipal; hue ei dintedo de la reglamentación aludida, coadymará en la realización del Pliego de Bases Condiciones, con partes clares y precisas; Que de acuerdo e la Ley Territorial NQ SOS, este Cuerpo cuente nnn atribuniones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENAN_Z_ ART ICULO le MODIFTWESE.el artículo Co de la Ordenanza. Municipal Toncelo S'elibiezaníe ciulad h 9./Jkaia No 944/92, el que quedará redautado de la si guiente manera: "ARTICUI:n Al veríficarse las infracciones a la Ordenanza Municlpal No 181/86, modificatoria, el concesionarío no actuara por si, siendo el procedimiento correcto que solicite la presencia en el lugar de la falta, de un Inspector Municipal de Transito, quien labrará la. respectiva Acta si así correspondiese.- En caso de encontrarse ausente el conductor del automóvil en falta, sin perjuicío del Acta de Infracción, el Inspector Municipal de Tránsito dispondrá el retiro del vehículo por medio del Camión Orba, para lo cual el Concesionarjo labrará un Acta de removido la que contendra los datos del rodado, donde se encontraba estacionado, estado general, lugar a donde se remolcará y la rUbrica del Concesionario, Inspector de Tránsito actuante y testigos si los hubjere, - Una ves enganchado el vellículo por la Grúa, el p rocedimiento no podra Interrumpirse por ningún motivo. El automóvil sera remoloado basta el lugar de guarda aludido en el articulo 4o Ineíso o atendiendo a todas las precauciones necesarias para evitar dafins al ,zebicuin v/0 . a terceros. ti su ingreso, el Concesionarin recíbira el vehículo y dispondrá su ubicación en espera de ser refirado su o responsable, el que sera entregadn por el concesionario, previa acredltación de la titularídad o posesjOn. del rodado y el pago del abono de los gastos de traslado y estadía en depñsíto nue autorice el Departamento Ejecutivo a WenceioSeliteianie de la duciad de Vaifetaia propuesta del Cunut,,siunetriu. Tndo dado al vehículo o a terceros que devenga de imperícia o neg'iígencía tanto en la remocion, traslado y guarda en depósito, correrá p or cuento. y riesgo del Concesionorio quien responderá civil y penalmente ante el damnificado y el Municipio.- Sera obligatorio para el Concesionarío contratar una pólizo. de Seguro, ante uno entidad aseguradora reconocida, que cubro los riesgos emergentes del E ervieie y de los que puedan resultar domnificado terceros. APTICULO Innluyase UUMO ortículo 16 bis el siguiente: "
ARTICULO 16 (bis): En un plozo de 10 dias hAbiles, el Ejecutivo Municipol Peglamentara la presente, sín alterar el espíritu de lo misma.-
ARTICULO To Regístrese. PaSe al Departomento Ejeutivo para su p romulgación, Cumplído. ARCHIVESE.- QEDEVAnZA MUN=EAL No • fq9 ORDINARIA DE F...QJ-31L1..CW7("AT-n- DECIETO DE: '1/41 10 L1NARE ALDO J. DELRIVO Secrotario FresIdente Concejo Del;berante Concejo Dellberante Provincia de Tierra del Fuego •Antártida e Islas del ntlantico Sur MUNICIPALIDnD DE USHUnln U9HUAIn„ .- 3 JUN 1992 1.,...:'-:.,,.•. . VISTO1 La Ordenanza Munici p al N2 (U49/92,, sanc i onada .. p or e Concejo Deliberante de ia Ciudad de Ushuaial v .. . , CONSIDERMD01 eue mediante ia cual se modifica el artículo 512 iji la , • Ordenanza Nunici p al n(2. 944/92 y se agreqa a ia mencionada norma Articulo J.E. Pi• Por ellol EL INTENDENTE MUNICIPAL DE E: C R E "r • nRTICULO 1.12,-PROMULGnR ia Ordenanza Munici p al NQ 41>tp /92, sancionada POr el Concejo Deldberante de ia ciudad de Ushuaia, por ii ótl se modifica el artículo 5Q de ia Ordenanza Municipal n1-2 944/92 y •se iagareqmaencionada norma el nrtículo 16 (ffiTiouLo22.-REGISTRESE. - comuni q uese quienes corresponda, Cumplido. nRCHIVESE. DECRETO MUNICIPPL 4 'b fma, ES COP1 '• RFIA MARI • D.D NIELE Sp_cretar; NTENID 1.rE .4:,afvg • 05.1huais MUNI PALID IISHUAIA • G. ITEZ MAR Jola DtvlIón Despacho Gral. y RegIatro Municlpandad