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2239 18/10/2000
ARTICULO 1°.-- SUSTITUYASE el texto del renglón N° 34 del ANEXO 11,1 de la Ordenanza Municipal N° 2049, el que quedará redactado según se transcribe a continuación: 34 RESERVA I.P.V. 18A 2a 108,51 $12.499,62 $146,42
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NO
Mod. 2049
2238 18/10/2000
ARTICULO 1 0 .- SUSTITUIR el texto del Artículo 33 0 de la Ordenanza Municipal N° 1507, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 1507
Deroga 1778
Der. por 3500
2237 18/10/2000
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 19 0 de la Ordenanza Municipal N° 1508 (Ordenanza Tarifaria), el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 1508
Der. por 3501
2236 18/10/2000
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte de a Artista Plástice Elida Beatriz ARRAIANO, de Una (1) Obra de Arte identificada con el Título de "Atardecer en Lapataia", siendo sus medidas SESENTA CENTIMETROS (60 cm pot OCHENTA CENTIMETROS (80cm.), estimándose un valor aproximado de PÉ, OS CUATROCIENTOS ($ 400,00); la misma se incorporará al Patrimonio de la Dirección de Cultura Municipal.-
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NO
2235 18/10/2000
ARTICULO 1°.- ABROGASE la Ordenanza Municipal N° 180.
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NO
Deroga 180
2234 18/10/2000
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el inciso a) del Artículo II 2.2.26 APROBACION Y VISACION DE PLANOS, del Código de Edificación, el que quedará redactado de la siguiente manera: .."a) APROBACION DE PLANOS: Los planos que se presenten con anterioridad a la construcción y respeten las normas reglamentarias vigentes en la materia, serán aprobados, a excepción de los planos de estructura, memoria de cálculo y planos de instaiación eléctrica, los cuales deberán ser avalados por técnicos habilita- dos al efecto, en las que únicamente corresponderá al Area Técnica Muni- cipal su verificación y registro."
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NO
2233 18/10/2000
ARTICULO ESTABLECESE los sentidos de circulación vehicular de las calles interiores correspondientes al Barrio 245 viviendas y calles adyacentes, que se mencionan a continuación fijándose una velocidad máxima permitida de VEINTE (20) Kilómetros por hora y las prioridades de paso que se indican seguidamente, de acuerdo al plano adjunto que forma parte de la presente como Anexo I: ARTERIAS CON DOBLE SENTIDO DE CIRCULACICN Calle sin nombre "A" entre Onas y Don Bosco; Calle sin nombre "D" entre Onas y su intersección calle sin nombre "A"; Calle Onas entre Avda. Leandro N. Alem y J.0. Retamar; Calle J.M. Gomez desde la Avda. Lenadro Alem hasta calle sin nombre "C''; Calle sin nombre"B" desde calle sin nombre "A" hasta calle Onas; Calle Teshne en toda su extensión. Calle Don Bosco entre Avda. Magallanes hasta calle J.M. Gomez; ARTERIAS CON UNICO SENTIDO DE CIRCULACION Sentido de orientación de acuerdo al Anexo I. Calle J.M. Gomez desde Don Bosco hasta calle sin nombre "C"; Calle Kaínshem desde calle J.M. Gomez hasta Avda. Leandro N. Alem; Calle sin nombre "C" desde J.M. Gomez hasta calle sin nombre "D"; Calle Don Bosco desde calle sin nombre "A" hasta J.M. Gomez; PRIORIDADES DE PASO Calle Don Bosco y calle sin nombre "A": Prioridad Don Bosco; Calle Don Bosco y Hipólito Bouchard: Prioridad Don Bosco; Calle Don Bosco y Gob. Manuel F. Valdez: Prioridad Don Bosco; Calle Don Bosco y J.M. Gomez: Prioridad Don Bosco; Calle Kamsh m y Avda : Leaqdro N. Alem: Prioridad Kamshem; Calle sin 1 mbre " y calle s n nombre "D": Prioridad calle sin nombre "D"; 1EL ECTD flAMCN R DRIGUEZ jafe, Df,to DoepucP General — 7151ItAirrtleit nto- / Q7d- a5 gill(a/v¿na..5, - eo.9rytt-ts C7cbnALiccit dei ,y t Woweelo elae4~,& Waiadc4 Witucbia Calle sin nombre "A" y calle sin nombre "B": Prioridad calle sin nombre "B", Calle sin nombre "A" y calle sin nombre "D": Prioridad calle sin nombre "D", Calle sin nombre "A" y calle Onas: Prioridad Onas.
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NO
Deroga 1835
2232 18/10/2000
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 1935, el cual quedará redn.ctado de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 1935
Der. por 2717
2231 18/10/2000
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTÚASE de las restricciones establecidas en el punto IV.3. del Capítulo VIII del ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2139, para la propiedad ubicadp en la Parcela 4, del Macizo 2 de la Sección U.-
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NO
2230 04/10/2000
ARTICULO 1°.- ESTABLECER para el Ejercicio Fiscal 2000, la plena vigencia de la Ordenanza Municipal N° 1508 (Ordenanza Tarifaria), de conformidad a lo establecido en el Artículo 36 de la citada norma Municipal.- ARTICI)L0 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- 2 2 3 0 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 04/10/2000.-
NO
Der. por 3501
2229 04/10/2000
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a dar de baja del Patrimonio Municipal el bien que se detalla a continuación: Unidad Colectivo TXP — 712 - Modelo Mercedes Benz 1314/46 — año 1990 — Interno N° 68 — MOTOR N° 341-946-10-127130 — CHASIS N° 351210-11-088070 — Planilla de Cargo N° 580/91.-
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NO
2228 04/10/2000
ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR al Señor ALVAREZ, José Guillermo, D.N.I. N° 13.013.005, de lo establecido en la Cláusula N° 34 de la Ordenanza Municipal N° 2192.
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NO
2227 04/10/2000
ARTICULO 1°.- SUSTITÚYASE el Inciso 29, Parte III, Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1521, el cual quedará redactado de la siguiente manera: " 29) El Departamento Ejecutivo Municipal habilitará un registro de frentistas de escasos recursoq, en el que se incluirá a aquellos propietarios que, a pedido de los interesados y a juicio de la Municipalidad, no puedan pagar sus contribuciones de la manera establecida en la presente Ordenanza. La inclusión en el Registro se hará previo informe: socio-eco 5mico de cada caso y mediante resolución expresa del Departamento Ejecutivo.- En estos casos, la Municipalidad establecerá plazos especiales o suspenderá la obligación de pagar y preverá recursos para compensar los importes respectivo. Los inmuebles involucrados quedarán afectados a la carga real, sin límite de plazo, por el monto actualizado de la contribución, debiendo pagarse ésta al mejorar la fortuna del vecino, al fallecer éste o al transmitirse el inmueble. En caso de efectuarse la transmi- sión del inmueble, ambas partes deberán formalizar, a través de Escritura Pública, su conformidad expresa respecto a la transferencia de la deuda existente por aplicación de la presente al nuevo titular del inmueble".-
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NO
Mod. 1521
2226 04/10/2000
ARTICULO INCLUYASE como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, en los términos de la Ordenanza Municipal N° 2006 promulgada por Decreto Municipal N° 687/99, la Pavimentación de la calle Pasaje del Indió.
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NO
Mod. por 2289
2225 04/10/2000
ARTICULO 1°.- INCLUYASE como obra de Utilidad Pública y sujeta a! Régimen e Contribución por Mejoras, en los términos de la Ordenanza Municipal N° 2009, promulgada por Decreto Municipal N° 744/99, la pavimentación de las calles: ONAS: entre Gdor. Paz y Padre J.M. BEAUVOIR. PATAGONIA: entre Gdor. Deloqui y Gdor. Paz. SARMIENTO: entre Gdor. Deloqui y Gdor. Paz. BELGRANO: entre San Martín y Gdor. Paz.
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NO
2224 04/10/2000
ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Inciso c) al texto del Artículo IV.4.3.1 — Parcelas edificadas — del Capítulo IV — NUEVAS URBANIZACIONES Y PARCELAMIENTOS. del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia, Ordenanza Municlpal N° 2169, el que quedará redactado de la siguiente manera: "c) Cuando se Irate de macizos mensurados y las superficies de las Parceias originales fueran menores a 200 m2, se permitirá subdividir sin respetar superficies mínimas, siempre que se trate de regularizaciones dominiales."
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NO
Mod. 2139
2223 04/10/2000
ARTICULO 1 0 .- INCORPORASE ai texto del ANEXO I de la Ordenanza Municipal t\J: 1494, el Artículo N° 375, el que quedará redactado de la siguiente manera "
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NO
Mod. 1494
2222 04/10/2000
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR un espacio reservado entre discos, con la leyenda en placa adicional: "RESERVADO PERSONA CON DISCAPACIDAD — DANTE RICARDO BUIATTI — LUNES A DOMINGO de 07:00 a 20:00 horas", con capacidad para UN 1) vehículo automotor, en la calle DeIoqui N° 182 de esta ciudad de Ushuaia -
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NO
Der. por 5131
2221 04/10/2000
ARTICULO 1°.- Crease el Consejo Juvenil de Ushuaia, que se configura como órgano autónomo en sus decisiones con relación a los temas de juventud y cuenta con ei reconocimiento de las autoridades municipales de Ushuaia, el que se regirá por el Reglam,ento Interno que el mismo dicte.-
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NO
Mod. por 2341,5794
2220 20/09/2000
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 900 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 1492
2219 20/09/2000
ARTICULO 1°.- MODIFICANSE los Artículos 159° y 171° de la Ordenanza Municipal N° 1507 (Ordenanza Fiscal), los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 1507
Deroga 1768
Mod. por 2370
Der. por 3500
2218 20/09/2000
ARTICULO 1°.- INCORPORASE a la Ordenanza Municipal N° 2185, corno artículo 13° el texto que se transcribe a continuación: "
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NO
Mod. 2185
2217 20/09/2000
ARTICULO 1°.- PROHIBASE la realización de conexiones domiciliarias a la red pública de energía eléctrica a todo local, vivienda o mejora que no cuente con la previa aprobación de un informe técnico evaluatorio de las condiciones de seguridad de la instalapión eléctrica interna.-
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NO
2216 20/09/2000
ARTICULO 1°.- PROHÍBASE girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso al Hospital Naval, Cine Packewaia, Museo Marítimo, etc. Situado sobre la calle Yaganes, entre las arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui.-
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NO
2215 20/09/2000
ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el artículo 9° de la Ordenanza Municipal N° 1508 y de su modificatoria Ordenanza Municipal N° 1827, por el texto que se transcribe a continuación: " ARTIpULO 9°.- Aquellas habilitaciones comerciales y/o industriales que soliciten la baja, los titulares deberán abonar la Tasa que resutten adeudar al momento de requerir la misma, debiendo cancelarse la cuota correspondiente al mes, bimestre y/o trimestre en que se produzca".-
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NO
Mod. 1508, 1827
Der. por 3501