| 2264 |
16/12/2000 |
ARTICULO 1°,- CONVOCASE por la presente Ordenanza a elecciones generales del electorado de la ciudad de Ushuaia para cubrir los cargos de CATORCE (14) convencionales constituyentes para el dictado de la Carta Orgárica Municipal, por aplicación de lo dispuesto en el Ariículo 176° de la Constitución Provincial.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2263 |
05/12/2000 |
ARTICULO 1º.- FIJASE en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 47.306.182,00), los gastos corrientes, gastos de capital y otros gastos del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2001, con destino a las instituciones que se indican a continuación y analíticamente en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 5º, 6º y 7º: INSTITUCIÓN TOTAL GASTOS GASTOS DE OTRAS 42.641.917 CORRIENTES CAPITAL EROGACIONES Administración 2.828.890 Municipal 36.445.069 3.367.958 Concejo Deliberante 4.047.933 3.151.933 896.000 Juzgado de Faltas 616.332 600.932 15.400 TOTAL 47.306.182 40.197.934 2.844.290 4.263.958 […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 2634, 2725
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| 2262 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- DAR de baja del Patrimonio del Concejo Deliberante el bien que se
detalla a continuación:
" Una (1) Mesa de madera tallada de 1,40 metros por 0,90 metros, en tres (3) piezas,
Planilla de cargo N° 785/2000, la cual se encuentra a cargo del Departamento Recursos
Humanos y Patrimonio de este Concejo.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2261 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.-SUSTITÚYASE de las planillas anexas a la Ordenanza Municipal N° 2200, la correspondiente a la Planta de Personal permanente y temporario del Concejo Deliberante, por la Planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2200
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| 2260 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- INCURRIRAN en atentado contra la seguridad pública, las personas que conduzcan vehículos en estado de alcoholemia positiva, bajo la acción de estupefacientes, estados psíquicos alterados y/o en forma imprudente.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1492
Der. por 3411
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| 2259 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- INCORORASE al texto del ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 1494, los Artículos 376, 377, 378, 379, 380 y 381, los que quedaran redactados de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
—
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Mod. 1494
Mod. por 4130
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| 2258 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo V.1.3 (Espacio libre
de Macizo) y Artículo VI.3.2 (Altura Mínima) del ANEXO I de la Ordenanza Municipal
N° 2139, autorizándose a dejar un espacio libre en el sector posterior de la parcela
de 6,94m de largo por 4,26m de ancho y una altura mínima para el local, cocina de
2,11 mts. para la propiedad ubicada en la Parcela 5b, del Macizo 10 de la Sección A,
propiedad del Señor Juan Roberto LAGANA. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2257 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- INSTITUYASE por la presente, el marco regulatorio para la
instrumentación del Programa de Asistencia al Turista. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2256 |
29/11/2000 |
ARTICULO 1°.- ESTABLECESE un solo sentido de circulación vehicular para la calle
Comandante Luis Piedrabuena, de Norte a Sur, en toda su extensión.- […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 3054, 3117
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| 2255 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE para la Parcela denominada catastralmente U-1-6, la
zonificación como área residencial densidad baja "R3". […ver más en el detalle] |
NO
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| 2254 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Artículo 4° Bis) a la Ordenanza Municipal N° 571, el que quedará redactado de la siguiente forma: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 571
Der. por 3144
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| 2253 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte de la familia NIEVAS,
de un "Divisor de Sonido" marca Athoi, modelo CS — 250 — estimándose un valor
aproximado de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), el mismo se incorporará al
Patrimonio de la Dirección de Cultura Municipal. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2252 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 50 del Anexo I de la Ordenanza Municipal
N° 1494, el que quedará redactado de la siguiente manera:
" […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1494
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| 2251 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- ADHERIR a partir del cordente año, al "Díá Internacional de Lucha
contra el SIDA". […ver más en el detalle] |
NO
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| 2250 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1 0 .- SUSTITUYASE el Artículo 25 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el
que quedará redactado de la siguiente manera;
" […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1492
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| 2249 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1533, el que quedará redactado conforme se transcribe a continuación: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1533
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| 2248 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Inciso 27), Parte 111, Anexo I de la Ordenanza
Municipal N° 1521, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"27) En caso de efectuarse la transmisión de inmuebles afectados al presente
régimen, ambas partes deberán formalizar, a través de escritura pública,
su conformidad expresa respecto de la transferencia de la deuda existen-
te por la aplicación de la presente al nuevo titular del inmueble."
. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1521
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| 2247 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.-INCORPORASE al Código de Edificación; en la Sección III, Capítulo XIX, el Artículo 30 que se denominará "Conservación de Ascensores, Montacargas,
Escaleras Mecánicas y Guarda de Vehículos", que quedará redactado de la siguiente manera:
"III.XIX.3. CONSERVACIÓN DE ASCENSORES, MONTACARGAS, ESCÁLERAS
MECANICAS Y GUARDA DE VEHICULOS:
Todo edificio que cuente con instalación de ascensores, montacargas, escalera
mecánica y guarda mecanizada de vehículos, deberá disponer obligatoriamente de
un servicio de mantenimiento y asistencia técnica,
b) La instalación de cualquiera de los tipos señalados deberá respetar las normas
antisísmicas vigentes, tanto en lo que hace a la construcción de los pasadizos, como
así también a lo referente a la fijación de los guías de contrapeso y cabinas,
contrapesos con freno inferior y superior atornillado y elementos ubicados en la sala
de máquinas correctamente fijados al piso.
c) El propietario del inmueble que cuenta con medios de elevación, deberá realizar a
su cargo y a través de personas físicas o jurídicas con capacidad técnica para dicho
fin, que serán incorporadas al Registro que al efecto realice el A.T.M., inspecciones
cuatrimestrales de los elementos que componen las instalaciones, asegurando el
perfecto estado de mantenimiento. A tal fin deberá disponer de un libro de inspección, rubricado sin cargo por la Municipalidad, el cual deberá permanecer en el edificio a disposición de la inspección municipal cuando le sea requerida, y en el cual edificto n dlnposIclon
se a g entaráti las rióvedades detectadas, las soluciones correctIvas aplicadas,
indicadas por el responsable de la evaluación.
El propietario será responsable de impedir la utilización de estos elementos cuando
no ofrezcan las garantías de seguridad para las personas y/o bienes, debiendo
contratar un seguro d res p onsabilidad civil por potenciales daños a terceros y/o
cosas.
d) Se deberá colocar un letrero visible con indicación de capacidad de carga y
cantidad de personas que puedan utilizar el medio.
Deberá indicarse también los casos en los cuales las instalaciones no sean aptas
para el uso de personas.
e) El profesional responsable (esen mente de lo solicitado en el punto c) ante el A.T.M., un informe de aptitud de la instalación, al tramitarse el Certificado Final de Obra y ante cada solicitud de Certificado de Aptitud Técnica deObra.
f) En caso que el profesional responsable renunciara a la Asistencia Técnica referida
en el Artículo 1°, Punto c), deberá el propietario designar nuevo profesional y
presentar informe técnico de las instalaciones." […ver más en el detalle] |
SI
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Deroga 1626
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| 2246 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- DAR DE BAJA DEL PATRIMONIO MUNICIPAL, seis (6) equipos viales tipo retroexcavadoras pertenecientes al Municipio individualizadas como: • Interno N° 10 — Retroexcavadora Marca John Deere, Modelo 310 D — Año 1986 — Motor N° TC4239D148254 — Chasis N° T0310CA732077. • Interno N° 11 — Retroexcavadora Marca John Deere, Modelo 310 D Año 1988 — Motor N° TO4239D162476 — Chasis N° A738742. • Interno N° 12 — Retroexcavadora Marca Caterpilar, Modelo 416 — Año 1991 — Motor N° U457238V — Chasis N° 5PC13965. • Interno N° 13 — Retroexcavadora Marca Caterpilar, Modelo 416 Año 1991 — Motor N° U457751V — Chasis N° 5PC14021. • Interno N° 14 — Retroexcavadora Marca Caterpilar, Modelo 416 — Año 1991 — Motor N° U430751U — Chasis N° 5PC13154. • Interno N° 15 — Retroexcavadora Marca Caterpilar, Modelo 416 — Año 1991 — Motor N° U457232V — Chasis N° 5PC13966. […ver más en el detalle] |
—
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Mod. por 3675
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| 2245 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el texto de los renglones números 30 y 31 del Anexo II de la Ordenanza Municipal N° 2049, los que quedarán redactado según se transcribe a continuación: 30 I.P.V. G 11 6 $ 42,79 5.080,83 $ 59,52 31 I.P.V. G 14 13a $ 15,01 1.782,27 $ 20,88 […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2049
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| 2244 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- DECLARASE como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, la obra denominada "Cordón Cuneta y Terminación de Pluviales Sección K", que incluye las siguientes calles: • Pontón Río Negro entre Luis Vernet y Avda. Leandro N. Alem • Gente del Sur entre Avda. Magallanes y Aldo Motter. • Aldo Motter entre Avda. Magallanes y Avda. Leandro N. Alem • Karukinka Norte entre Avda. Magallanes y Avda. Leandro N. Alem • Austral entre Pontón Río Negro y Karukinka Norte […ver más en el detalle] |
NO
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| 2243 |
15/11/2000 |
ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE EMBELLECIMIENTO Y CONSOLIDACION URBANA DE LA CIUDAD DE USHUAIA, como un programa amplio, general, planificado y convergente hacia el mejoramiento permanente de la imagen de la ciudad, afianzando su perfil turístico y elevando la calidad de vida de los vecinos de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 2269, 2894
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| 2242 |
04/10/2000 |
ARTICULO 1°.- EL personal de fábricas y comercios de alimentos, cualquiera fuera su índole o categoría, los efectos de su admisión y permanencia en los mismos, debe estar provistos de Libreta Sanitaria expedida por autoridad competente de la Municipalidad de Ushuaia.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1011
Mod. por 2323
Der. por 2919
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| 2241 |
18/10/2000 |
ARTICULO 1°.- DEROGASE del Código de Edificación vHdente, el Capítulo 111.18 denominado protección contra incendios. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 2293, 3124
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| 2240 |
18/10/2000 |
ARTICULO 1°.- R INCO p ORESE como Artículo 70 Bis, en la Ordenanza Municipal IN 1935, el texto que a C continuación se transcribe: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1935
Der. por 2717
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