| 2289 |
18/04/2001 |
ARTICULO 1°.- ANULESE del Anexo II de la Ordenanza Municipal N° 2226, el siguiente renglón: 54 3 VARGAS Angélica Mabel Pasaje del Indio 648 17,00 1.895,08 […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2226
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| 2288 |
28/03/2001 |
ARTICULO 1 0 .- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo IV.3.2.1 del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, para la urbanización del Instituto Provincial de Vivienda denominadas 60 Viviendas Sección "G", ubicada en la Parcela 2 F, del Macizo 2 de la Sección "G".- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2287 |
28/03/2001 |
ARTICULO 1°.- DERÓGUESE la Ordenanza Municipal N° 1789.- […ver más en el detalle] |
NO
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Deroga 1789
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| 2286 |
28/03/2001 |
ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del uso público una superficie ubicada adyacente al Macizo 66 B de la Sección "F", comprendida entre las Líneas Municipales siguientes: orientada al Sudoeste de la Parcela 12, orientada al Noroeste de las Parcelas 13 y 14, orientada al Noreste de la Parcela 15 y la línea que une los vértices de las Línea Municipal entre las Parcelas 15 y 12, de acuerdo al Anexo I que se adjunta a la presente. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2285 |
28/03/2001 |
ARTICULO 1°.- TODO propietario o responsable de galpón o depósito de más de
CIEN (100) metros cuadrados que se encuentre dentro del ejido urbano municipal y
que no posea habilitación comercial, deberá presentar ante la Municipalidad de la
ciudad de Ushuaia, una declaración jurada de que no almacena en su interior
sustancias o materiales comprendidos en los alcances de la Ordenanza Municipal N°
2146.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2146
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| 2284 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 1980, el que quedará redactado de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1980
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| 2283 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1 0.- INCORPORASE al texto del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, el Artículo 382, el que quedará redactado de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1494
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| 2282 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR un Espacio Reservado entre discos sobre la acera Sur de la Calle Gobernador Paz N° 550, destinado a la Dirección Municipal de Defensa Civil, con la leyenda en placa adicional "RESERVADO VEHICULOS DIRECCION MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL" con capacidad para TRES (3) vehículos.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2281 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte del Jardín Maternal
"Narices Frías", con domicilio en la calle 12 de Octubre N° 789, de una (01) Cámara
de Reverberancia REV 100 Marca YAMAHA, por el valor de PESOS TRESCIENTOS
SETENTA Y CUATRO ($ 374,00), la misma se incorporará al Patrimonio de la
Dirección Municipal de Cultura. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2280 |
14/03/2001 |
ARTICULO ACEPTASE la donación efectuada por parte del Señor Nelson
MALDONADO MANSILLA, en su carácter de Secretarío Ministerial de Educación —
REGION AYSÉN — REPUBLICA DE CHILE, la cantidad de diez (10) Obras de Artes,
estimándose un valor aproximado de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00), las mismas se
incorporarán al Patrimonio de la Dirección Municipal de Cultura. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2279 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte de la Secretaría de Cultura y Comunicaciones de Presidencia de la Nación, la cantidad de diez (10) Videos Culturales del Programa D.N.I. cuya nómina se adjunta a la presente como Anexo I, estimándose un valor de aproximadamente PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), las mismas se incorporarán al Patrimonio de la Dirección Municipal de Cultura. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2278 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- PROHÍBASE el estacionamiento venicular en la caíle
margen Oeste, desde su intersección con la calle San Martín hasta la caHe
Gobernador Paz.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2277 |
14/03/2001 |
ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del uso como calle para un sector de la actual calle
Suboficial Fernandez de una superficie de 266,99 m2 (correspondiente a la Parcela
4b, del Macizo 39 de la Sección "C"), conforme al Plano de Mensura T.F. 1-55-95.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2276 |
28/02/2001 |
artículo 81° de la Ley 236 Por ello, EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1°: SUSTITUIR el Artículo 153 de la Ordenanza Municipal N° 1507 por el siguiente:"Artículo 153°- Por los derechos de extracción de áridos de cualquier calidad en canteras ubicadas en predios de dominio público o privado de la Municipalidad, en su carácter de propietaria de las mismas en virtud de lo dispuesto por el Código de Minería de la Nación, se pagarán los derechos que en forma expresa y con carácter general establezca la Ordenanza pertinente. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar el régimen administrativo de concesión y control de volúmenes extraídos en canteras ubicadas en tierras fiscales municipales". […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1507, 1508
Mod. por 3500, 3501
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| 2275 |
28/02/2001 |
artículo 10° de la Ordenanza de marras. Que es necesario adaptar los requisitos técnicos exigidos para la habilitación municipal de los vehículos conforme las características de diserio, capacidad de carga, y relación peso potencia que rigen en la actualidad en el mercado automotor. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en atención a lo normado por el artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, en virtud de encontrarse en receso el Concejo Deliberante local. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTICULO 1°: DERÓGANSE las Ordenanzas Municipales N° 968, 1713 y 1752, en virtud de los considerandos mencionados en el exordio.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 337
Deroga 968, 1713, 1752
Mod. por 2340
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| 2274 |
28/02/2001 |
artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, en virtud de encontrarse en receso el Concejo Deliberante local. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTICULO 1°: ESTABLÉCESE, a partir del 1° de Abril de 2001, el estacionamiento alternado bre la Av. San Martín, de conformidad con el siguiente cronograma: Lunes. Miércoles y Viernes estará permitido el estacionamiento vehicular sobre margen sur. ///.2. s Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continentales, son y serán argetifihos" Ordenanza Numero: 2274 nilafts-Greárdenas 2/2 Jefe Dpto Despacho General Provincia de Tierra del Fuego, D.L T yDG.- Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia //1.7. Martes y Jueves lo estará sobre margen norte. Sábados, Domingos y feriados se permitirá el estacionamiento sobre ambas márzenes. […ver más en el detalle] |
NO
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Deroga 2150, 2210
Mod. por 2306
Der. por 4955
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| 2273 |
27/02/2001 |
Artículo 24 de la mencionada norma debe sustituirse, fijando como obligaciones del adjudicatario, que dispone de NOVENTA (90) días para cercar y limpiar el predio y de UN (1) ario para habitar el mismo, contemplándose la veda invernal. Que debe incorporarse un nuevo artículo, determinando las obligaciones a aquellos adjudicatarios de predio con destino a vivienda unifamiliar, que expresen su voluntad de obtener el Título de Propiedad del predio adjudicado. Que debe modificarse el Artículo 30 de dicha Ordenanza a fin de incorporar la obligatoriedad de cancelar el valor de venta de la tierra y tener regularizada la situación fiscal del predio. Que el suscripto se encuentra facultado por el Artículo 81 de la Ley Territorial N° 236 para el dictado del presente, en virtud de encontrarse en receso el Concejo Deliberante. Por ello: EL INTENDENTE DE LA MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTICULO 1°.- Sustituir el Artículo 24 de la Ordenanza Municipal N° 2025, el que quedará redactado de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2025
Der. por 3420
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| 2272 |
27/02/2001 |
artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, en virtud de encontrarse en receso el Concejo Deliberante local. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTICULO 1°: INCORPÓRESE en la Ordenanza Municipal N° 1306, modificada por la Ordenanza Municipal N° 1854, el artículo séptimo, el que quedará redactado de la siguiente manera: TICULO 7°: En los casos de incautación provisoria de automotores ante la comisión de las Itas enunciadas en el artículo 2° de la presente, el infractor y/o el propietario del vehículo serán ariamente responsables por el pago de PESOS TREINTA ($ 30,00) en concepto de acarreo, la suma de PESOS CINCUENTA ($ 50,00) por día de estadía en la playa de incautación //7.2. enpul rwv ruir;I:T\UN. Ordenanza Numero: 2272 mansoi Cardenas 2/2 Jefe Dpto Despacho General Provincia de Tierra del Fuego, D.L T y D G. A.L.M. Antártida e Islas del Atlántieo Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia ///.7 provisoria".- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1306, 1854
Mod. por 3381
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| 2271 |
27/02/2001 |
Artículo 81 de la Ley Territorial N° 236, en atención a encontrarse en
receso el Concejo Deliberante local.
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTICULO 1°.- ANÚLESE del ANEXO 111:11 de la Ordenanza Municipal N° 1936, los
siguientes renglones:
D 89 10 Frente por Retamar 1 658,28 7,71
D 89 11 Reserva Fiscal
D 89 18 I.P.V. (Futuras Tiras) 1 7.031,87 82,37
D 89 19 I.P.V. (Futuras Tiras)
D 104 2 Gimnasio 1 2.177,26 25,50
D 34A 25B MANSO LILIANA GRACIELA
D 34A 31 I.P.V. 1 2.959,71 34,67
D 107 1 #
D 107 2 Por calle a ceder 1 12.568,57 147,23
1 2.891,67 33,87
1 6.339,57 74,26
1 5.153,98 60,37
1 2.726,68 31.94 […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1936
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| 2270 |
08/02/2001 |
Artículo 81 de la Ley Territorial N° 236, en atención a encontrarse en
receso el Concejo Deliberante local.
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTÍCULO 1°.- DAR DE BAJA DEL PATRIMONIO MUNICIPAL tres (3) unidades tipo camión
pertenecientes al Municipio individualizados como:
• Interno N° 27 - Camión - Dominio ANC 885 - Marca FORD - Modelo F350XL - Año 1995
- Motor N° 74JU2U128932 - Chasis N° 1FDJF37FOFNB05623.-
• Interno N° 28 - Camión - Dominio ANC 886 - Marca FORD - Modelo F350XL - Año 1995
- Motor N° 74JU2U160697 - Chasis N° 1FDJF37F8SNB49756.-
• Interno N° 29 - Camión - Dominío ANC 887 - Marca FORD - Modelo F350XL - Año 1995
- Motor N° 74JU2U126410 - Chasis N° 1FDJF37F9SNB05622.- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 2305
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| 2269 |
07/02/2001 |
Artículo 12° de la citada norma.
Que se hace necesario sustituir el texto del inciso c; punto 1), PARTE I de dicho
ANEXO, en virtud de haberse detectado un error material en su redacción.
Que el suscripto se•encuentra.facultado para el dictado del presente, en virtud de la
facultad conferida por el Artículo 81 de la Ley Territorial N° 236, en atención a encontrarse en
receso el Concejo Deliberante local.
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTÍCULO 1°.- SUSTITÚYASE el texto del inciso c; punto 1), PARTE I del ANEXO I de la
Ordenanza Municipal N° 2243, por el siguiente:
c.- Construcción de Pluviales en la Av. Alem entre Yaganes e Hipólito Yrigoyen. La obra
comprendió la ejecución de movimiento de suelos e instalación de pluviales. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2243
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| 2268 |
07/02/2001 |
artículo 15 incisos d) y e) de la Ordenanza Municipal 1508, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal 1396/2.000 se crea el nuevo Registro de Profesionales de la Construcción, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento y Gestión del Espacio Urbano. Que los sujetos incluidos en dicho Registro deben abonar una tasa a tales efectos prevista en el artículo 15 incisos d) y e) de la Ordenanza Tarifaria vigente. Que las normas citadas se encuentran formuladas de modo genérico y no establecen pautas diferenciadoras que adecúen el importe de la tasa a las particularidades del servicio municipal que constituye su causa. Que razones de equidad tributaria aconsejan adaptar su contenido a las circunstancias temporales en que se solicite la inscripción y actualización de inscripción en el Registro de Profesionales Que ello deviene necesario ante la imposibilidad de fijar una fecha única de vencimiento para la inscripción y actualización de inscripción en el Registro de Profesionales Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en atención a lo normado por el artículo 81 de la Ley Territorial N° 236, en atención a encontrarse de receso el Concejo Deliberante local. Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1°: MODIFÍCASE el inciso d) del Artículo 15 de la Ordenanza Municipal N° 1508, el que quedará redactado de la síguiente manera: d') Inscripción en el Registro de Profesionales $ 75.-. RTÍCULO 2°:MODIFÍCASE el inciso e) del Artículo 15 de la Ordenanza Municipal N° 508, el que quedará redactado de la siguiente manera: go del año correspondiente al de la inscripción y actualización de la cron $ 75.- o proporcionalmente a la fecha de solicitud de inscripción COPIA FIEL DEL GISIGINAL /1/2 • CACHE Dra..ROMIN „.egal,y7:11-11 ' ne„eral AiGD0 lst lvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielás g CO'nhnentales, son y serán argentinos" del Fuego e Islas del Mántieo Sur :\ROFS-'nA Iunpandad de Ushuaia o de actualización. A R Tíc Let 3° : COMUNÍQUESE.Dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y Af |
NO
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Mod. 1508
Der. por 3501
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| 2267 |
01/02/2001 |
Artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, el Señor Intendente
puede dictar ordenanzas durante el período de receso del Concejo Deliberante.
Que el suschpto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo
en virtud de lo establecido en los Artículos 81° y 101°, incisos 1) y 20) de la Ley
Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA
ORDENANZA.
losARTICULO 1°: - DEROGAR las Ordenanzas Municip 1111 01, N° 431 y N° 473, por
motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- COMUNIQUESE al Departamento Deli . q ei Dese al Boletín Oficial
de la Municipalidad de Ushuaia. y ARCHIVESE.-
2 2 67 1\Ilkijk
1 4 3 ORDENANZA MUNICIPAL N°
DECRETO MUNICIPAL N° 0 /2001
,••••••0001011111VORGE :, `, MR.AMUfsi0
In I nte
icipai 1 a Ushuáa
\ 61o, JUAN MANUEL ROMANO
gOretirlo de Goblerno Mulapa,
MUnlelpalidad de Ushuale
''_as I slas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, so rán Argentinas" |
NO
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Deroga 301, 431, 473
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| 2266 |
29/01/2001 |
artículo 1° de la norma citada a fin de evitar superposiciones con actos administrativos que se han ido dictando con posterioridad. Que conforme el Artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, el Señor Intendente puede dictar ordenanzas durante el período de receso del Concejo Deliberante. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecído en los Artículos 81° y 101°, íncisos 1) y 20) de la Ley Territorial N° 236. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA. ARTICULO 1°: - DEROGAR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 401, por los motivos expuestos en el exordio. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 401
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| 2265 |
29/12/2000 |
Artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, el Intendente puede dictar ordenanzas durante el período de receso del Concejo Deliberante. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en los Artículos 81° y 101°, incisos 1° y 20) de la Ley Terrítorial N° 236. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA. ARTICULO 1°: - DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 2094. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2064
Deroga 2094
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