Artículo 10 de la Ordonanza Piscal, los
puestos, tasas, derechos y demás pontribuciones kunicipales correspondientes al
aFío 1976 1 se abonarán de acuerdo a lo determinado en el Anexo I que compuesto de
catorce (14) Capitulos y sesenta y cinco (65) Artículos, forma parte intedrante -
la presente Ordenanza Tarifaria.
ARTICULO 2°). Los impuestos, tasas, derechos y contribuciones oue se determinan c.
la misma regirán a partir del 1° de enero del presente aBo y se abonarán en las c•
portunidades y fechas que en la mimua se especifican, quedando el Debartamento EL
cutivo facultado para proceder a todas las nornlas rejlamentarias que fuere menesi
ARTICULO 3°). Rejístrese. Remitase al Departamento Ejecutivo; Promuljada eue sea
hájase saber; Publíeuese en el Bolotín Oficial del Territorio; Cumplido ARCIIMS
ORDZTANZA. N° .; /76.-
Dado en Sesión Emtraordinaria celebrada el día diecinueve de Enero del ario mil ne
vecientos setenta y seis.
DOMINGO MAZZAFERRO BLAS RICARDO FUENTES
Secretario ,
1."¿Ituail4
Concejo Municipal Ushuaia
ES COPIA FIEL ORIGINAL
Ci.n RDENAS
Jufa ivIsIón RegIstro
Despacho Ganeral
M unicipalidad de Ushuale
4RPIIRIO NACIONAL bE LA TIERRA
6O21r. dFUeEnGaOn, AzNaTÁNRuTmIDAeÉroIS:L7AB4
2/17bEL ATLÁNTICO SUD
Corkeejo Municipal de Uahuals
TASAS RETRIBUTIVAS
CAPITU10
Para la aplicación de las tasas qus establece el TStulo II - Capftulo III de la
DENANZA F1SCAL 9 se discriminarán los inmuables de acuerdo con su ubicación en la
siguientes zonas:
ZONA A: Comprende todas las propiedades innuables incluSdas dentro del sector de
mitado por una linea imaginaria trazada de la siguionte manera:
Avenida Maipfi de Este a Oeste desde Yaganes a Guaran1.-
2- Por Yaganes desde Maip/ a Deloqui.-
Por Deloqui de Este a Oeste hasta 25 de Mayo.-
4- Por 25 de Máyo a San Márt/n0-
5- Por San Mártin de Este a Oeste hasta Guarani.-
6- Por Maipa de Este a Oeste hasta Mánzana
7- Avenida 12 de Octubre hasta J. Mármol.-
8- Calle GUnter Pluschow.-
ZONA B: Comprende todas las propiedades inmuebles incluídas dentro del sector
mitado por una linea imaginaria trazada de la siguiente manera:
1- Por Yaganes entre Deloqui y Gobernador Paz.-
2- Por Gobernador Paz de Este a Oeste hasta 25 de Mayo.-
3- Por 25 de Mayo hasta Colón.-
4- Por Colón de Este a Oeste hasta Piedrabuena.-
5- Por Piedrabuena hasta Gobernador Paz.-
6- Por Gobernador Paz hasta Sarmiento.-
7- Por Sarmiento hasta San mártin.-
Manzanas 78 9 79 9 80 9 81 9 82 9 y 83 de Barrio Toikar.-
ZONA C: Comprende todas las propiedades inmuebles no inclu/das en las dos zonas
mencionadas precedentemente.-
Se encontrarán incluidas dentro de cada zona las propiedades inmuebles
ubicadas sobre aMbas aceras por donde pase la linea demarcatoria. En ca,
so de que un inmueble esté comprendido en dos zonas simultaneamente el
mismo se incluirá dentro de la zona de mayor valor contributivo.-
01 - ALUEBRATO PUBLICO
ARTICU10 1°.- Para la liquidación de esta tasa se considerarán prestados dichos
servicios para toripq las categorras hasta los cien metros de cada foco o linea
recta, siguiendo cualquier rumbo de calle acorde a la siguiente escala 9 por me-
tro linea1 de frente y por bimestre:
ZONA A:
Para Comercios e Industrias .................... .................$ 12900 p/m1
11 9 00 p/m1
Para Hoteles y Pensiones... . ...... ...... ......... ******** $
///...2...
MAI-d-dekvn R;Dl ENAS
Jefa división RegIstro
Despacho Generat
ifrInwl