| 3453 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1 0 .- DECLARAR Reserva Natural de la ciudad de Ushuaia "Cascada Arroyo Buena Esperanza" al sector de la ciudad conformado por los predios identificados catastralmente como Parcela 5, Macizo 1 A de la Sección K, plano de mensura TF-1-1-85 y Parcela 1, Macizo 2 de la Sección U, plano de mensura TF-1-77-87. […ver más en el detalle] |
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| 3449 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11. […ver más en el detalle] |
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| 3390 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- DECLARAR Reserva Ambiental para su conservación y protección como patrimonio histórico y cultural y con destino a un uso predominantemente turístico, a las turberas asociadas al Glaciar Vinciguerra, ubicadas dentro de los limites del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3383 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el Uso: "Saneamiento Ambiental - Desratización y Desinfección" en la Parcela 10b del Macizo 43 de la Sección D, solicitado por la señora Maria Eliana LLANQUIN, en tanto cumpla con las normas de seguridad necesarias a la actividad. […ver más en el detalle] |
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Mod.
Mod. por
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| 3380 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- ADHIERASE, a partir del la sanción de la presente, al Artículo 4° de la Ley Provincial N° 766, por la cual se declara la emergencia Urbano Ambiental en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.- […ver más en el detalle] |
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| 3376 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- CREASE el Programa de "Módulos de Asentamiento Habitacional" (Programa MAH), en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, cuya finalidad es evaluar y destinar a la solución de situaciones de emergencia socio-ambiental y habitacional, fracciones fiscales o espacios públicos. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3573
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| 3349 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE temporalmente a la Asociación Pro Karting Ushuaia 2000, de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental para la habilitación del Kartódromo, ubicado en la Parcela 1 del Macizo 1 de la Sección Q de nuestra Ciudad. […ver más en el detalle] |
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| 3335 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE el uso no consignado "Servicios de Saneamiento Ambiental" en la Parcela 1, del Macizo 21 de la Sección C de la ciudad de Ushuaia, solicitado por el señor Luis Alberto SAUCEDO. […ver más en el detalle] |
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| 3311 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUASE a la Asociación Civil Pro Karting Ushuaia, inscripta en el Libro de Registro de Asociaciones Civiles "A", bajo el número 618, folio 211 del año 2000, de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en forma previa al inicio o ejecución de la obra que se está ejecutando en el predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 1, Parcela la de la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3308 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- Fíjese en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/00 ($ 196.080.482,00) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2008, de acuerdo a la distribución y detalle que fígura en los artículos 8° y 9°.- […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3309, 3351, 3353, 3366, 3391
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| 3283 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- INSTRUMENTASE por la presente el Banco Municipal de Espacios Públicos que, por sus restricciones ambientales o topográficas, condición de espacio verdes, reservas ambientales o de previsión de equipamiento comunitario, deban ser preservados como tales. […ver más en el detalle] |
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| 3205 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- PROHIBASE la provisión gratuita al público en todo local comercial ubicado dentro del Ejido Urbano de la ciudad de Ushuaia, de bolsas o recipientes de polietileno o material no biodegradable, a excepción de aquellas que se utilicen para elementos perecederos tales como productos cárnicos, frutas o legumbres. Las bolsas utilizadas en el expendio de mercaderías, materiales o productos no comprendidos en estas categorías deberán ser de material biodegradable. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3212, 3358, 3447,4040, 6288
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| 3173 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a concesionar la
comercialización de publicidad estática en la vía pública, de acuerdo con las
prescripciones de la presente Ordenanza, por el término de DOS (2) años, prorrogable
por DOS (2) años más, previo acuerdo de partes. Al término de la concesión todo
equipamiento urbano instalado por la empresa adjudicataria en la vía pública por
aplicación de la presente, pasará al patrimonio de la Municipalidad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3145 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- La presente Ordenanza instituye el marco regulatorio para la
evaluación de impacto ambiental de obras, actividades o proyectos que pudieran afectar
en forma negativa el ambiente natural o urbanizado del Ejido Municipal de la ciudad de
Ushuaia, constituyéndose como instrumento de gestión para el cumplimiento de las
disposiciones del Artículo 82 de la Carta Orgánica Municipal, el derecho de la
comunidad a gozar de un ambiente sano, así como los demás principios y normas de
protección ambiental previstos en la Carta Orgánica Municipal. […ver más en el detalle] |
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| 3133 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- RESTITUYASE al Patrimonio Público Municipal, incorporando al Programa de Creación de Suelo Urbano (CSU) creado por Ordenanza Municipal 3085 o al Banco de Espacios Públicos creado por aplicación de la presente, según corresponda, a las parcelas y/o fracciones fiscales que hubieran sido adjudicadas a cualquier persona física o jurídica con carácter precario, sujetas al cumplimiento de condiciones y plazos específicos, y sobre las que los adjudicatarios no hubieran dado cumplimiento efectivo de dichos requisitos. […ver más en el detalle] |
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| 3123 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- DECLARAR Reserva Ambiental, para su conservación y protección
como Patrimonio Histórico y Cultural y con destino a un uso predominantemente
turístico, a los depósitos de minerales de segunda categoría definidos como turberas e
identificados catastralmente como B-84A-1a, B-85A-2, B-85A-3d, L-97-1a, L-97-5 y los
ubicados:
a. Entre el Arroyo Buena Esperanza y el Arroyo Rodríguez.
b. En el Cerro de los Loros (turbal de las Tres Lagunas).
c. En las márgenes del Río Pipo y limitando con el Parque Nacional Tierra del
Fuego.
d. En las márgenes y al oeste del Arroyo Grande.
Todos estos entre las cotas 200 y 300 metros de la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3121 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Programa de Saneamiento Ordenamiento y
Recuperación Urbana de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra que como
ANEXO I se incorpora a la presente y el que será regido por las Ordenanza Municipales
2750, 3085, 3099, lo dispuesto en la presente Ordenanza y los reglamentos a que ella
de lugar. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3543
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| 3109 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Informe Técnico de la Carta Dinámica Ambiental de la ciudad de Ushuaia que, como Anexo I, forma parle de la presente, elaborado conforme lo establecido en el Capitulo IX Condiciones Ambientales de la Ordenanza Municipal 2139 (Código de Planeamiento Urbano). […ver más en el detalle] |
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| 3099 |
19/10/2015 |
ARTICULO DECLARESE por la presente al sector denominado "Vertiente Sudoc- cidental del Valle de Anderra", como reserva de expansión urbana en el marca de la crisis habitacional de la Ciudad, y sujeta a protección especial por parte del municipio, hasta tanto se determine el marco normativo de aplicación para SU zonificación, regulación de usos. indlcadores urbanos y mecanismos de urbanización y adjudicación de predios o soluciones […ver más en el detalle] |
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| 3087 |
19/10/2015 |
Artículo 2° de la Ordenanza Municipal 3042, el quí que ará redactado de la siguiente forma: " ARTICULO 2°.- El Consejo creado en el Artículo 1° de la presente, estará integrado por: a) El Intendente Municipal o quien este designe en su lugar; b) Un (1) integrante de cada Bloque Político del Concejo Deliberante; c) El Subsecretario de Planeamíento Urbano Municipal; d) La Coordinadora de Desarrollo Urbano de la Municipalidad; e) La Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Ushuaia. Asimismo se invitará a participar a: a) Dos (2) integrante del Colegio de Graduados en Servicio Social y/o Trabaji Social; b) Dos' (2) representantes de asociaciones ambientalistas; c) Dos (2) representante de Asociaciones Vecinales reconocidas; d) Dos (2) representantes del Foro Social Urbano; e) Dos (2) representantes de la Asociación de Inquilinos; f) Un (1) representante de la Subsecretaria de Tierras para el Hábitat Social la Nación; g) Un (1) representante del Instituto Provincial de Vivierida; h) Dos '(2) representantes del Colegio de Arquitectos de Tierra del Fuego: i) Un representante del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia; j), Dos (2) representantes de asentamientos cuntenidos en la crisis habitacionai k) Dos '(-2) representantes del movimiento Fueljuinos Autoconvocados." […ver más en el detalle] |
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Mod. 3042
Mod. por 3141
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| 3085 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1° - INSTITUYASE, en el marco de la problemática habitacional y urbanística de la ciudad de Ushuaia, el Programa Municipal de Creación de Suelo Urbano (CSU), como marco normativo de aplicación para la determinación de indicadores urbanos, regulación de usos, modalidades y operatorias para la adjudicación de los sectores de tierras fiscales municipales afectados al programa, o los que a futuro puedan incorporarse mismo mediante ordenanza especifica, con el fin de producir suelo urbano destinado a vivienda única y permanente para vecinos residentes de la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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Mod. 4418
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| 3042 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- CREASE, en función de la emergencia habitacional existente, el Consejo de Planificación Habitacional en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3079, 3087
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| 3029 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio registrado bajo el número 3128, celebrado en fecha 07 de Octubre de 2005, entre el Municipio de la ciudad de Ushuaia, representado por el Señor Intendente Municipal, Ing..Jorge Alberto GARRAMUÑO, y el Grupo Scout "Nuestra Señora de las Nieves", afiliado a "Scout de Argentina Aso:iación Civil", representado por la Señora Stella Maris PUSINO, en su carácter de Jefa de Grupo, cuya copia certificada forma parte de la presente, a través del cual se cede la Custodia y un sector para Uso del Remanente Quinta 16 de la Sección "D", para conservación y protección ambiental y la realización de actividades al aire libre y afines que contemplen una relación armónica entre la naturale2:a y la sociedad por el término de CINCO (5) años. […ver más en el detalle] |
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| 3010 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1° Fijase en la suma de PESOS CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 113.999.400,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2006, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3110
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| 3001 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- DECLARAR de Utilidad Pública, para su conservación, protección y uso exclusivamente turístico, la franja de tierras fiscales sin mensurar de Dominio Municipal, comprendidas entre el límite oriental del Parque Nacional Tierra del Fuego, definido por los meridianos geográficos establecidos en la Ley Nacional N° 15.554, promulgada el 25 de Octubre de 1960, y los mojones demarcatorios de éste límite, erróneamente colocados en el año 1966 por la entonces Dirección de Parques Nacionales, actualmente Administración de Parques Nacionales. […ver más en el detalle] |
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