ARTICULO 1º.- RATIFICAR el Convenio Municipal de Empleo que fuera elaborado por los empleados representados por las Asociaciones u Organizaciones Gremiales, integrado por el S.O.E.M., A.T.E., U.P.C.N. y los empleados No Agremiados, en conjunto con los representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, conforme la convocatoria celebrada mediante Ordenanza Municipal 2475, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO 2º.- RATIFICAR el Acta complementaria celebrada el día 23 de agosto de 2007, entre los Paritarios en representación de los empleados del Departamento Ejecutivo Municipal y los representantes del Ejecutivo, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º.- A los efectos de las Cláusulas Primera, Segunda y Tercera del Acta mencionada en el Artículo 2º de la presente, la COPARL será la encargada de verificar el listado de la totalidad de los empleados encuadrados en las mismas a la fecha de sanción de la presente.
ARTICULO 4º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3248 /2007. DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 29/08/2007.