Ordenanza N° 134 NO

Datos de la ordenanza
Número
134
Fecha de sanción
10/10/1981
Vigencia
NO
Decreto
1981
Tema
Transporte Público
Comisión
Policía Municipal
Descripción

artículo 12° que la ha-

bilitación como titular de coches taxlmetros es personal e instransferible;

Que la rigidez de esta norma, en la práctica, crea problemas;

Que la experiencia aconseja que la prohibición de transferir la habilitación

de taxímetro debe quedar limitada a un lapso razonable;

Por ello:

Y, en uso de las facultades que le son propias el INTENDENTE MUNICIPAL DE LA

CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZ A:

ARTIDULO MODIFICASE el artículo 12 de laOrdenanza Municipal n° 4/973, el que

quedará redactado de la siguiente forma:

"

ARTICULO 12°.- La habilitación como titular de cada coche_taxTmetro es personal

y no se podrá transferir antes de los oinco (5) alios de haber sido otorgada. La trans

ferencia de la habilitación o de la propiedad del automóvil, podrá hacerse, previa in

tervención de la Municipalidad. Al titular que transfinrm no se le podrá otorgar /

otra licencia antes de los dos años de haber hecho la transferencia. En caso de viola —

cián de esta norma la Municipalidad podrá declarar su caducidad e inhabilitar tanto a2

que transfiere como al que acepta la transferencia por un máximo de dos años para ob

tanar otrn liconclo".

ARTICULO 2°.- Refrendarán la presente Ordenanza los señores Secretarios de Gobierno

Municipal, de Economía y Finanzas y el de Obras y Servicios Públicos.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial del Territorio, cumplido,ARCHIVESE.

f ORDENANZA MUNICIPAL n'i3 \ /951.-

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Observaciones
Decreto-Ordenanza