ARTICULO 1 o.. TODO propieta~ de terreno total o parcialmente baldio, ubicado en el Ejído urbano municipal está obligado a mantenerlo debidamente cercado o tapiado, en 6ptimas condiciones de estética • parquízación y en cumplímiento con lo díspuesto en la. Ord en anza MUnicipal No 484/88 y sus modificatorias..-
ARTICULO Ante el incumplimiento por parte del propietario de las obligaciones establecídas, la Secretaria de Obras y Servicios Públicos procederá al labrado de un acta descriptiva de su estado, ímponióndosele una multa. equivalente e CUARENTA (40) por cada metro intimando al propietarío a la realización del cerco eu un plazo de TREINTA (30) días corrídos, bajo apercibimiento de duplicar la en caso de incumplimiento y triplícarla ante las sucesivas infracciones_-
ARTICULO Si se tratara de predios de propiedad fiscal se canalízarán las actuaeiones perLinentes por intermedio de los organismos .t1...,respondientes..-
ARTICULO 40_- Los terrenos total o parcíalmente baldíos, cuyas WanceiczSeiiiezcznie de lez citthd qUetaitz superficíes superen los TRECIENTOS (300) metros cuadrados, podrán ser transformados en espacios recreatívos, paseos páblícon, turísticos, de portivos y/o culturales, con proyectos aprobados por el Munícipio y cou díseno, armado, parquizado y mantenimiento a cargo del propietario., En tal easo y luego de constatar la rea- lización del mismo, podrá el Municipio exceptuarlo del pago de 1..puestos y tasas municipales que devenguen los terrenos contem- plados en el presente Artículo, -
ARTICULO bo,- A fin de atender el debido control del mantenimiento de los espacíos enunclados en. el Artículo anteríor, por la Secretaria de Obras y Servícios Públicos se realizarán inspecciones mensua.les que se acordarán por convendo entre el particular y dicha Secretarla_- .
ARTICULO 6o El Ejecutivo Municipal, por vía de la regjamentación, determinará las zonas en que podrá dívidirse el Ejido urbano para el cumplimiento de la presente y establecerá las es pecificaelones técnicas para la construcción de los cercos y/o tapias„-
ARTICULO El poder Ejecutívo Municipal reglamentará la presente dentro de los DIEZ (10) dias de su promulgación„-
ARTICULO El ejecutivo Municipal, por donde corresponda, dará amplía difusion a. la presente Ordenanza...-
ARTICULO presente Ordenanza entrará en vigencía a los SESENTA (60) dias corrídos de su promulgaelón.,-
ARTICULO Derogase 1a. Ordenanza Munícipal No 111/(34 y toda Vonceja &ditezarde civalad otra norma que se oponga a la presente-
ARTICULO 110,- Re gístrese, Pase Departamento Ej ecutivo para su promulgación, Cumplido, ARCHIVESE,- ORDWANZA MONWITAL No /912.- DADAV,N SESj014_ 9RDIN RIA DE FECHA; j_92, CRETO DE arl 1/1,2,. udO O RES ^NILL B EUER G,Ilberarrb -L onte 9 e ren AC ENCIA 2 rt r. 9G9 sur, roc-Jc!ItIc EL INTENDE' muHicIPnL DE ET • y en n ": -- // r.,.. • n -••,,-,I I, 'Ilr.. N'E) - U SHUATA , ALID ., ii, '