Ordenanza N° 3370 NO

Datos de la ordenanza
Número
3370
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Medio Ambiente
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 40 de la Ordenanza Municipal 484, modificado por Ordenanza Municipal 1883, el que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTICULO 4°.- A los efectos de la deposición final de los residuos domiciliarios para su recolección por parte del Servicio Municipal, los mismos deberán ser contenidos en bolsas de polietileno y colocados en cestos o canastas de residuos, cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Evitar la introducción (en las bolsas) de líquidos y/o elementos cortantes o punzantes. En caso de que fuera necesaria la deposición de díchos elementos deberá amortiguarse su posible acción con envoltorios o mediante su introducción entre residuos de más blanda consistencia; 2. Atar o anudar la bolsa para evitar la diseminación de residuos; 3. Depositar la bolsa para su recolección en canastos especiales, colocados a 1,50 metros del suelo y a 0,30 metros del cordón de la vereda, pudiendo también ser colocados como parte integrante del cerco (teniendo la Línea Municipal como límite externo), o bien en contenedores colocados a ese efecto. En caso de poseer tapa o dispositivo de cerramiento, el mismo deberá abrir hacia la vía pública. En el caso de los contenedores, estos deberán ser adecuados a la cantidad de residuos generados y en proporción a los módulos habitacionales emplazados en la parcela. Dichos recipientes deberán ser provistos y colocados por el propietario o inquilino."

ARTICULO 2°.- MODIFICASE el Artículo 13 de la Ordenanza Municipal 484, modificado por Ordenanza Municipal 1880, el que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTICULO 13.- Los propietarios, tenedores, ocupantes o arrendatarios de terrenos desocupados total o parcialmente o cubiertos en forma parcial, están obligados a mantenerlos debidamente cercados, en buenas condiciones de higiene y salubridad y estética y serán responsables de los residuos sólidos' que en ellos se deposite."

ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 3 0 ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 -7 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 20/08/2008.