Ordenanza N° 284 NO

Datos de la ordenanza
Número
284
Fecha de sanción
31/07/1987
Vigencia
NO
Decreto
NULL
Tema
Transporte de Carga
Comisión
Policía Municipal
Descripción

Artículo 3°, Inciso "D", de la Ordenanza N° 104/84; y

CONSIDERANDO:

Que el referído Artículo establece que el registro para una habilitación

tiene que ser solicitado por el titular del vehículo;

Que de acuerdo al Decreto Ley 2191/57, Artículo 67°, este Cuerpo cuenta

con atribucíones para ordenar sobre el particular;

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Inciso "D" del Artículo 3° de la Ordenanza N° 104/84,

que quedará redactado de la siguiente manera:

"Ser propietario del vehículo que pretende habilitar acreditando su titularidad

mediante título del Automotor del Registro Nacional de la propiedad del automotor

o contrato que acredite su tenencia legítima".-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Publíquese. Cumplido. ARCHIVESE.-

IAL RAP4ADA í(:

H. coNct— CILIBERANTE -1A

ORDENANZA MUNICIPAL NO21.Y7/87.- j

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 31-07-87.-

ANA ORTIZ DE CACHIN

PRESIDENTE

Honotable Concejo Deliberante

Observaciones
Modifica 104/87
Vínculos con otras ordenanzas