ARTICULO 1°.- DER GASE el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 235 y su m• odificato, ria.1A1r:0tí1 denanza Municipal N° 547.
ARTICULO . 2° 11111;fr, será, expresado en Unidad Fija a Aplicar (U.F.A.), fiján,1d1o0-s1e01l su'lValortá, partir de:Ja sanción de la presente y hasta el 31 de -,1 -114,1,11 mayo de 2001.e ,NOVENTA, OS.CENTAVOS ($ 0,92). ;.•
ARTICULO egístrese., Pase ,al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Official Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 28 17 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA: 03/01/2005. Maf RICARDO J. DAS NEVES ROSA r- Secretario JUAN CARLO PINO Concejo Dellberante Concejo Delibe uala FEEL DEL ORIGral HECTOR Jele Dp "Z ' OrdenanzParoyNincuiamdeeTrieorr:a2de8l F2u7ego, Antárticb e islas d.PJ, Mlántico Sur 2/2 República Argentina Municipaiidad de Ushuaia USHUAIA, 11 4 ENE 2005 VISTO el expediente N° CD-095/2005 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión extraordinaria del día 03/01/2005, por la cual se deroga ei artículo 2° de la Ordenanza MunicipaI N° 235 y su modificatoria artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 547, y se fija el valor de la Unidad Fija a Aplicar (U.F.A.) en NOVENTA y DOS CENTAVOS ($0,92), hasta el día treinta y uno (31) de mayo de 2005. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta 5 s Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° j /2005, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ELINTENDENTE MUNICIPAL DE USHUA1A DECRETA ' 27 000
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° , sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión extraordinaria del cría 03/01/2005, por la cual se deroga el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 235 y su modificatoria artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 547, y se fija el valor de la Unidad Fija a Aplicar (U.F.A.) en NOVENTA y DOS CENTAVOS ($0,92), hasta el día treinta y uno (31) de mayo de 2005. Ello en virtud de lo expuestopxordio. Cumplido, archivar.iF(.b)
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Muni ipaiidad de Ushuaia.73 DECRETO MUNICIPA7L. N° o /2005. mgf. IIONICA S. URQUIZA `›tcretarla de Hacienda y Finanzí,u; Municipalidad de Ushuaia •' Las Islas Mal , ,nos, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continentales son y serán Argentinos"