ARTICULO 1°.- Fijase en la suma de Pesos Cuarenta y Siete Millones ciento setenta y ocho mil quinientos sesenta ( $ 47.178.560.-) las erogaciones de la Administración Municipal, Juzgado de Faltas y del Concejo Deliberante, para el ejercicio 1997 con el destíno y composicíón que se detalla analíticament e en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 4°, 5° y 6°.-
ARTICULO 2°.- Estímase en la suma de Pesos cuarenta millones cuatrocientos siete mil quiníentos sesenta ( $ 40.407.560.-) el cálculo de recursos destinados a atender las ero- gadones fijadas en el artículo 1° de la presente.- en los artículos precedentes,
ARTICULO 3°.- Como consecuenci a de lo establecido estímase el siguiente Balance Fínanciero Preventivo: Erogaciones $ 47.178.560.- $ 40.407.560.- Recursos $ 6.771.000.- Necesidad de Financiamiento
ARTICULO 4°.- Fíjanse los imPortes que se detallan a continuación para las partidas Príncípales correspondientes a la Sección 1 de la Clasificación Económica: 1-Erogaciones Corrientes ( en pesos) $ 26.822.510.- Partída Principa l 11 ( Personal) $ 8.831.000.- Partida Principa l 12 ( Bienes y Servicios) $ 840.000.- Partida Principa l 21 ( Intereses de la deuda) $ 308.200.- Partida Principa l 31 ( Transferencias) $ 100.000.- Partída Principa l 41 (Crédito Adicional)
ARTICULO 50 - Fíjanse los importes que a continuación se detallan para las partidas Príncípales correspondíentes a la Sección 2 de la Clasificació n Económ ica: 2- Erogacione s de Capital ( en pesos) $ 368.450.- Partida Principal 51 ( Bienes de Capital) $ 9.758.400.- $ , 150.000.- Partida Principa l 52 ( Trabajos Públicos) ................. Partida Principal 71 ( Inversiones Financiera) Públicos ) no implica la aprobación (í« La aprobación de la Partida Principal 52 ( TrabEaSjoCsOPIA FIEL ,D vORIGINAL ES r.,71A,----\ F \ IEJL efa División RegisNtrAo-S--" Ce)-)we 9)-5e4e9wde 441 Ffs " L.z¿d(uh4 '91J4aai, a3 del Plan*de Obra Pública, para lo cual deberá ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Léy 236 - Artículos 69° y 700.-
ARTICULO 6°.- Fijase el importe que se detalla a continuación para la Partida Principal correspondiente a la Sección 3 de la Clasificación Económica: 3 - Otras Erogaciones ( en Pesos ) Partida Principal 101 ( Amortízación de la Deuda ) $ 2.099.000.-
ARTICULO 7°.- Fijase en la suma de Pesos Ocho millones ochocientos setenta mil ( $ 8.870.000.- ) el financiamiento de la Administración Municipal de acuerdo a la dístribución que se indica seguidamente: Fínancíamiento $ 4.870.000.- Uso del Crédito $ 4.000.000.- Financíamiento $ 8.870.000.-
ARTICULO 8°.- Como consecuencia de los Artículos 6° y 7°, de la presente Ordenanza, estimase el Financíamiento neto de la Administración Municipal en la suma de Pesos Seís millones setecientos setenta y un mil ($ 6.771.000:-), destinados a atender la Necesídad de Financiamíento, determinada en el Artículo 3°, conforme al resumen que se indíca seguidamente: Financiamiento $ 8.870.000.- Amortización de Deuda $ 2.099.000.- Financiamiento Neto $ 6.771.000.-
ARTICULO 9° Fijase en Un mil veintiséis ( 1.026 ) el número total de Cargos para el presente presupuesto, cifra esta compuesta de la siguiente manera : Personal Permanente 858 Cargos Planta Permanente Personal No Permanente 22 Cargos Autoridades Superiores 35 Cargos Personal de Gabinete 111. Cargos Personal Temporario
ARTICULO 10°.- El Ejecutivo Municipal deberá presentar mensualmente, al Concejo ES COPIA WNAL Ceovizejo, a5e46-eYoyd: (4 Llachui (Wutau.,/, Deliberante un informe de la Ejecución Presupuestaria. El mismo se compondrá de iguales Planillás a las anexas a este Presupuesto, informando el compromiso devengado y pagos de gastos del mes y la evolución de la Planta de Personal por Jurisdicción.- Dicho informe deberá presentarse dentro de los treinta días corridos al vencimiento del mes. Las Partidas de Personal, Bienes de Consumo, Servicios No Personales, Bienes de Capital, Transferencias , Trabajos Públicos y Bienes preexistentes serán contabilizadas por el máximo nivel de desagregación que figuren en los Clasificadores de Erogaciones vigentes . Para introducir modificaciones en las Partidas Principales, Partidas Parciales y Cargos del Presupuesto anual, se deberá actuar conforme lo dispuesto en la Ley 236, artículos 108°, 1150 y 117° y todo otro que verse sobre el particular.-
ARTICULO 11°.- La autorización del gasto, independientemente de lo presupuestado, será exclusivamente hasta las sumas efectivamente recaudadas.-
ARTICULO 12°.- El Concejo Deliberante, rendirá cuenta de sus gastos al Tribunal de Cuentas de la Provincia. La Contaduría General de la Municipalidad no intervendrá en ninguna etapa de la contabilización de las erogaciones del Ccincejo Deliberante; únicamente registrará las remesas que deba transferir a requerimiento de éste, debiendo para ello habilítar un crédito equivalente al total del presupuesto autorizado para el De- partamento Delíberatívo, segun acuerdo con el Ejecutivo Municipal
ARTICULO 13°.- El Ejecutívo Municipal podrá incorporar recursos del Orden Nacional, Provincial o Privado que estén destinados al financiamiento específica de algún con- cepto, previa incorporación de las Partidas de Erogaciones por parte del Concejo Deliberante.-
ARTICULO 14°.- Determinase a los efectos de la Contabilización de los recursos y de las erogaciones las siguientes equivalencias de denominación entre las fijadas en la Ley 236 y las de uso habítual en los clasificadores Nacionales y Provinciales vigentes, que se encuentran íntegrando los sistemas presupuestario y contable Municipal: Ley 236 Uso Habitual Recursos Ordinarios Corrientes Extraordinarios y Especiales Financiamiento ES C071A FIEL ES COPIA FIEL BEL ORIGINAL MAF,1 pg1DE AS Jal Ganeriár G'i (..-Teálteyearibie de De Crédíto da,d(4 9Z4u,2;t.a, Uso del Crédito Erogaciones Capítulo Carácter Capítulo 0-Administración Central Carácter 0-Adm.Central Capítulo 1-Ctas. Especiales Carácter 1-Ctas Espec. Capítulo 2-Organis. Descentraliz. Carácter 2-Org.Descent. Jurisdicciones Incísos Unidades de Organización Ítems
ARTICULO 15°.- Fíjanse en la suma de Pesos Ciento once mil quinientos veinticuatro ( $ 111.524.-) las Erogaciones y en igual suma los Recursos de la Cuenta Especial "Fondo Especial del Deporte", Ordenanza N° 300 con el destino y composición que se detalla en las planillas anexas de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 16°.- Comuníquese. Pase al Departament o Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Ofícial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 17 5 6 ORDENANZA MUNICIPAL •N° PADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 16/07/97.-