Ordenanza N° 1655 NO

Datos de la ordenanza
Número
1655
Fecha de sanción
28/08/1996
Vigencia
NO
Decreto
1229
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- Será de publicación obligatoria toda Ordenanza y Decreto.

Asimismo, será de publicación obligatoria toda norma que disponga afectación,

presupuestaria en recursos y/o erogaciones, como toda otra norma vinculada a

cumplimiento de la comunidad en general.

ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de

Gobierno, será responsable del cumplimiento efectivo de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3º.- Los documentos que se publiquen en el Boletín Oficial Municipal

serán tenidos por auténticos y obligatorios según lo establecido en el artículo 210 de

la Ley Territorial Nº 236.

ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área

correspondiente, será responsable de facilitar en consulta, a todo Contribuyente que

así lo requiera, el Boletín Oficial Municipal.

ARTICULO 5º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente

Ordenanza, serán imputados a las Partidas Presupuestarias especificas del

Ejercicio Fiscal vigente.

ARTICULO 6º.- El Departamento Ejecutivo Municipal contará con un plazo de hasta

sesenta (60) días hábiles para la puesta en práctica de la presente Ordenanza.

ARTICULO 7º.- El Departamento Ejecutivo tendrá la responsabilidad de reglamentar

la presente Ordenanza, sin alterar su letra y espíritu.

ARTICULO 8º.- Deróganse las Ordenanzas Municipales números 839, 998 y 1535.

DISPOSICION TRANSITORIA

ARTICULO 9º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una

publicación especial que contenga las normas emanadas durante el año 1995, y

aquellas que se dicten con anterioridad a la puesta en vigencia de la presente.

Dicha publicación especial, estará exceptuada de cumplir con los plazos previstos

en la presente, no así del espíritu de ésta.

ARTICULO 10.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1655 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 28/08/1996.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1229 / 96.-