ARTICULO APRUEBANSE los textOs de las Ordenanzas Fiscal y
faria para el aao 1980 agregados a 1a presente como Anexos I y II.-
ARTICULO FIJANSE las fechas de vencimientos de las respectival
al tasas y contribuciones, de acuerdo siguiente cronograma:
INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE: 30 de enero de 1980
REGISTRO DE ' CONSTRUCTORES Y OONTRA
TISTAS: 31 de enero de 1980
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA; OCUTACION
DE LA VIA PUBLICA Y-ESPECTACUOS
PUBLICOS: 7 de mayo de 1980
TASA GERERAI DE SERVICIOS MUNICIPALES:
lar,Ouatrimestrl- 10 de abril de 1980
Ouatrimestre- 10 de julio de 1980
3er. Ouatrimestra 10 de noviembre de 1980
ARTICULO FIJANSE las siguientes normas de procedimiento:
La falta de pago de los derechos, tasas retributivas y contribucio.
nes, hace surgir sin necesidad de interpelación alguna, la obliga,
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MARI ABD_ ,AS
Jet . o visión RegIstro
Despacho Genetal
MunIcIpolldrd de Ushuale
eOzzrdieeicnzaznizaaeN.uAmcecrioo: n1a09/-d80e tlezza
d2e/4i eyo, eiVníada e alaJ
cle/ e_Wildniico 9.57u2
Municipalidad de Ushuaia
Ol421 de abonar, conjuntamente con aqudllos, un interlfs resarcitorio
del 4% mensual, calculado en funcidn a los días transcurridos entre
la fecha de vencimiento general y la del pago u obtencidn del cobro
judicial.— Todas las fracciones de mes se calcularán como enteras.
La obligazidn de pagar los intereses res arcitorios subsiste no obs—
tante la falta de reserva por parte de la Municipalidad al recibir
el pago de la deuda principal.—
Ouando corresponda aplicar otros recargos establecidos en esta Or—
denanza, los intereses resarcitorios se liquidarán sobre el total
de la contribuoldn, tasas re tributivas y/o derechos, más todos aque
todos los efectos, la aplicacidn de los intereses resarcitorios
se considerará accesoria de la obligacidn Municipal.—
Los crEfditos a favor de la Municipalidad y los a favor de los par—
ticulares, emergentes de tasas, contribuoiones, anticipos y pagos
a cuenta, por los distintos servicios que la misma presta a reque—
rimiento de los interesados o en forma conpulsiva y de las multas
que se apliquen en ejercicio de los poderee de Policía
estarán sujetos al régimen de actualizacidn que se detalla seguida
mentet Ouando los derechos y multas se ingresen con posterioridad
a la fecha establecida por las normas pertinentes, la deuda resul—
tante se actualizará por el lapso trascurrido desde dicha fecha has
ta aquella en que se efectuare el pago.—
La ac tualizacidn procederá sobre la base de la variacidn del índice
de precios al consumidor en la ciudad de Ushuaia, nivel general, pro
ducida entre el mes en que debid efectuarse el pago y el mes ante—
rior a aquel en que se lo realice.— Subsidiariamente podrá aplicarse
el índice de precios al consumidor en Capital Federal, nivel general,
emitido por INDEO.—
Cuando los contribuyentes solicitaren devolucidn, repeticidn, rein—
tegros o compensacidn de tasas, contribuciones, sus anticipos, pagos
a cuenta ilo multas, dicha actualizacidn procederá entre el mes en
que se pro -duzca la interposicidn del pedido de de volucidn., repeti—
eidn, reintegro y/o compensacidn y el mes anterior a aquel en que
CoCi ...///
MARláC ARD, Ao
Jefa D 'ón Registro
Despacho General
Ihnlclpallded de Ushuale
PAicionai lena
afeieOliredyenoa,nezafinNtuamzieicroía: 1e09-80
3/4
cief 99biánlico eVi;c1
Municipandad de Ushuaia
--
se efectivice el hecha.--
No procederd la actualizacidn como cródito fiscal a favor de los
contribuyentes por anticipo y/o pagos a cuenta realizados contra
la deuda del gravámen al venoimiento de ósta.-
La obligacidn de abonar el importe oorrespondiante por actualizacidn
surgirá autoradticamente y sin necesidad de interpelacidn alguna por
parte de la Administracidn Esta obligacidn subsistird
no obstante la falta de reserva por parte de aquella ál recibir el
pago de lo adeudado y mientras no se haya operado la prescripcidn
para au cobro.- En los casos en que se abonaren los importes perti
nentes sin la actualizacidn correspondiente, este monto tambión se
rá saceptible de la aplicacidn del presente rógimen desde ese momen
to, en la forma y plazos pravistos para la deuda originaria.-
En los casoe de pago en cuotas, la actualizacidn procederd sobre
los saldos adeudados hasta ou pago
Pljase un interós del cuatro por ciento (4%) mensual a cuotas, pa
garels, documentos y/b aallquier otro tItulo ' de cródito a favor de
la Municipalidad, qUe debidamente autorizado, provengan de operae.
ciones cuya cancelacidn se convino previamente abonar en forma do-
cumentada..-
F/jase un interós del aaatro por ciento (4%) mensual sobre aquellas
obligaciones auyo pago se opere vencido el plazo estipulado.-
Vencidos los plazos fijados oportunamente, los montos documentados
serdn actualizados de acuerdo a lo determinado Dor la Ordenanza Mu
nicipal no 80/16.—Rógimen de Actualización.-
El eálculo de- interós se hard en funcidn del tiempo transcurrido
entre la fecha de vencimiento del gravámen y la del pago u obten-
cidn del cobro, considerdndose como enteras todas las fracciones del
mee.—
E1 procedimiento de pago en forma documentada o pago en cuotas, se
acordará linicamente como caso de mccepoión, debiendo ser autoriza
do por el Intendente Municipal o por el Secretario de Economía y
Finanzas.-
Las noririas precedentes rigen para todos loe tributos municipales
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.Jtt,'n .1 I CF\RD.. +AS
Reglstro
JelaDtVISIón
Despacho General
tnAtihIcIpalldad de Oshuala
e4Ov/r4zdiefnca,nQzalíNaucmioenrao:i 109-80 levia
Juezo, ei)-dada e aía)
ald e7biánlico 25a/
Municipalidad de Ushuaia
a axcepoidn de las tasas por Inspeccidn de Seguridad e Higiene,
para las que rigen las siguientes disposiciones:
El pago fuera de tdrmino de las tasas de Inspeccidn de Seguridad
e Higiene dará lugar a la aplicacidn de los siguiontes recargos
y sanciones:
a) Hasta tres meses de atraso, el veinte por ciento (20%) de inte
1,4e punitorio.-
b) Más de tres meses y hasta seis meses de atraso l el oincuenta
por ciento (50%) de interels punitorio.-
Asimismo se aplicará la indazaoidn correspondiente sobra los mon-
tos adeudados.-
El atraso sunerior a los seis (6) meses dará lugar a la clausura
de la habilitacidn hasta que se oblen las tasas, derechos, recar-
gos e intereses devengados, oon más la indaxacidn que en cada ca-
so corresponda..-
ARTICULO 4 0 .- REFRMARA la presente Ordenanza el seaor Seoreta-
rio de Econom/a y Finanzas, como tal y a cargo de las Secretarías
de Gobierno Municipal y de Obras y Servicios Plblicos.-
ARTICULO COMUNIQUESE..- D4se al Boletin Oficial de la Goberna
cidn del Territorio y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL No lp /1980.—
—/
MARIS CARD_ AN',.3
Jeta DI IsIón Registro
Despacho GeneraI
Molelpallded do Ushuale