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690 10/08/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer fondos de la Cuenta Corriente de la Municipalidad de Ushuaia, conforme a las normas acreditadas en vigencia hasta la suma de AUSTRALES DOS MIL TRESCIENTOS MILLONES (A 2.300.000.000).
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NO
689 18/07/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE una excepción al Código de Planeamiento Urbano, en el inmueble sito en la Parcela 1, Macizo 4a, de la Sección “B”, propiedad del señor Sin Pao LI, a los efectos de normalizar una ampliación (a techar) de 74,64 m2, conforme al plano obrante a fojas 89 del Expediente Nº 173/89, Letra: H.C.D..
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NO
Mod. por 3577
688 18/07/1990
ARTICULO 1º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Inspección General, Departamento Tránsito, a extender habilitaciones provisorias hasta treinta (30) días corridos a partir de la formalización del pedido, en el caso de aquellas unidades pertenecientes a prestatarios de cualquiera de los distintos Servicios Públicos y Privados de Transporte de Personas, y de cargas, cuando aquéllos no hayan obtenido previamente el pertinente Título de Propiedad expedido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, por razones debidamente justificadas, pero que cuenten con los Certificados que otorga dicho Organismo que acrediten fehacientemente que la titularidad del vehículo se encuentra en trámite.
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NO
Der. por 714
687 13/07/1990
ARTICULO 1º.- MODIFICASE de la Ordenanza Municipal Nº 262/87 (T.O. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 604/89), los artículos 9º, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 y 43, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “
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NO
Mod. 262, 604
Mod. por 2119
Der. por 2698
686 01/08/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar, a través de la Dirección de Relaciones Comunales, QUINIENTOS (500) subsidios de AUSTRALES CINCUENTA MIL (A 50.000) cada uno, destinados a personas carenciadas de esta ciudad.
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NO
685 06/06/1990
ARTICULO 1º.- APROBAR el plan de cañería de Red de Gas domiciliaria, conforme a lo establecido en la presente.
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NO
684 06/06/1990
ARTICULO 1º.- PROHIBIR el estacionamiento en ambas aceras de la calle “BRIGADIER GENERAL JUAN MANUEL DE ROSAS” en el tramo comprendido entre las calles “GOBERNADOR DELOQUI” y la Avenida “GENERAL SAN MARTIN” durante el período invernal que abarca desde 1º de mayo al 31 de agosto de cada año.
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NO
Mod. por 1455, 2072
Der. por 4955
683 13/07/1990
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal las acciones conducentes al estudio, prevención y asistencia de la enfermedad Celíaca, en particular aquellas orientadas al control y análisis de alimentos a través del método de inmunodifusión en Gel de Agar.
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NO
682 04/07/1990
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de la obligación impuesta por los artículos 161 y 172 de la Ordenanza Fiscal, a aquellos casos en los que se efectúe la escrituración de inmuebles en créditos hipotecarios y/o amparados por la Ley FONAVI y/o programas de interés social. En esta situación los escribanos intervinientes deberán retener los importes del impuesto y/o tasas que resultaren adeudados al momento de efectuarse estos actos, debiendo ser cancelada la cuota correspondiente al mes, bimestre y/o trimestre en que se celebran. Esta excepción sólo tendrá lugar cuando la escrituración sea efectuada entre el titular originario del crédito o beneficio y el organismo otorgante.
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NO
681 04/07/1990
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE la facultad a cada Concejal de este Honorable Concejo Deliberante, para otorgar una Beca de Estudios por año, la que se tramitará por simple Resolución de los Bloques Políticos de este Cuerpo.
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NO
Deroga 293, 578
Mod. por 814, 921
Der. por 1485
680 17/05/1990
ARTICULO 1º.- CREASE el Sistema Municipal de Concesión Vecinal para la preservación, mantenimiento y uso de los Espacios Verdes del Patrimonio Municipal.
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NO
Mod. por 935
Der. por 2730
679 27/06/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a realizar un convenio con la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, para la construcción de un local comercial en el rubro kiosco y ampliación de la Parada Nº 2, sito en Avenida Malvinas y 12 de Octubre, conforme al Proyecto presentado y que obra en el Expediente de Obra M-645/89.
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NO
678 13/07/1990
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE por única vez de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 115/84 (T.O. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 604/89), artículo 8º, inciso d) y del artículo 13, segundo párrafo de la citada norma, a los señores Hugo FACINI, D.N.I. Nº 12.605.736; Carlos Luis SIMON, D.N.I. Nº 13.357.174; Alberto GUERRA, D.N.I. Nº 13.917.728; José HARO, D.N.I. Nº 92.627.972 y Alberto PEPO, D.N.I. Nº 10.632.766, propietarios de vehículos automotores habilitados como auto-remises al 25 de junio de 1990, por la Agencia CARLITOS S.R.L..
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NO
677 19/10/2015
676 27/06/1990
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del recargo de baldío establecido en el artículo 19 de la Ordenanza Tarifaria Nº 637/90, a aquellos inmuebles que cumplan con los siguientes requisitos: a) Que la construcción implantada en su predio original, pertenezca al período comprendido entre los años 1884 al 1950; b) que su diseño, forma y materiales, respondan a ese período consiste en: estructura de madera, conformando tabiques portantes recubiertos en su cara exterior con chapa ondulada, estampada, lisa, asbesto cemento o tablas según el caso y en su interior conformado por entablonado, tela de arpillera y sucesivas capas de papel hasta concluir con un empapelado final. En algunos casos se encuentra un revestimiento de machihembrado y generalmente en forma de zócalo hasta altura de alfeizar; carpintería de madera maciza y con vidrios repartidos en ventanas y en algunas puertas; cubierta de chapas onduladas o asbesto cemento sobre estructura de madera; cielorraso plano resuelto en fibra de madera prensada; pisos de madera machihembrada clavada sobre tirantes y éstos a su vez como toda la tabiquería sobre rollizos hincados en la tierra en forma vertical; ornamentación realizada en las fachadas en madera o chapa; iluminaciones de entretecho por ventana tipo ventiluces ubicados en los áticos; c) que la obra se encuentre debidamente empadronada en los Registros de la Municipalidad; d) que se encuentre en uso ya sea como vivienda familiar o vivienda con explotación comercial, reuniendo las condiciones de habitabilidad; e) que no haya sufrido ampliaciones o modificaciones tanto en su tipología como así también en los materiales con la que está realizada, distorsionando su imagen o diseño original; f) que no existan en el predio otras construcciones realizadas fuera del período indicado en el inciso a), con materiales livianos y con carácter lucrativo; g) que se encuentre debidamente mantenida tanto en sus elementos que la componen, como su pintura, jardín, cerco y entorno según corresponda; h) que habiendo realizado recambio de elementos por su deterioro, éstos hayan sido reemplazados por otro de igual diseño; i) que dicha excepción haya sido solicitada por el propietario o quién esté habilitado legalmente a tal fin.
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NO
675 27/06/1990
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del pago del arancel establecido en el artículo 9º, Punto 29), inciso e), de la Ordenanza Tarifaria Nº 637/90, a los Empleados Municipales y a su grupo Familiar.
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NO
Der. por 2747
674 06/06/1990
ARTICULO 1º.- INSTALAR en adyacencias de la Escuela Especial Nº 1º “Kayú Chénén” un Cartel indicador, según Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
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NO
673 06/06/1990
ARTICULO 1º.- AGREGASE al texto de la Ordenanza Municipal Nº 412/88, el artículo 33 Bis el que quedará redactado de la siguiente manera: “
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NO
Mod. 412
Der. por 2986
672 27/06/1990
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 4º - I - Alimentación, inciso c) de la Ordenanza Municipal Nº 468/88 el que quedará redactado de la siguiente manera: “I.- ALIMENTACION c) Personas dedicadas al transporte de sustancias alimenticias incluyendo vendedores ambulantes.”.
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NO
Mod. 468
671 27/06/1990
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el sentido de circulación de las arterias que a continuación se detallan: a) Las calles Tólhuin y Polidoro Seguers desde Kuanip hasta su intersección con la calle Fuegia Basquet de Norte a Sur; b) Río Grande desde Fuegia Basquet hasta su intersección con la calle Kuanip de Sur a Norte.
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NO
670 13/06/1990
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Código de Planeamiento, permitiendo la construcción con Retiro Frontal de 0,50 mts., Retiro Contrafrontal de 7,48 mts., sobre eje medianero Oeste, y 21,48 mts., sobre eje medianero Norte, conformando una superficie libre de fondo de 84,24 m2., factor de ocupación de suelo (F.O.S.) máximo de 0,89 a la Obra ubicada en la Parcela 3a, Macizo 6, de la Sección “B”, propiedad de la Firma “IM.CO.FUE. S.R.L.”.
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NO
669 13/06/1990
ARTICULO 1º.- ASIGNASE el nombre de “SANTA FE” a la calle ubicada entre los Macizos 62, 74, 61, 63 de la Sección “L”, de la ciudad de Ushuaia.
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NO
Der. por 1494
668 13/06/1990
ARTICULO 1º.- ESTABLEZCASE en las zonas de accesos y adyacencias inmediatas de los establecimientos escolares de la ciudad de Ushuaia, un vallado de seguridad y contención que resguarde la integridad física del alumnado, dejando paso libre exclusivamente en las zonas indicadas para cruce peatonal de calzadas y sector de ascenso y descenso de transportes escolares.
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NO
667 06/06/1990
ARTICULO 1º.- DESAFECTASE a la Parcela 2, del Macizo 79, de la Sección “F”, según plano TF-1-81-89, una superficie de 2.007,53 m2, conforme al plano de mensura que se adjunta como Anexo I, a la presente.
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NO
666 17/05/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE en carácter de excepción al Código de Planeamiento Urbano del cumplimiento del Factor Ocupación del Suelo “F.O.S.” hasta un máximo de 92% y del Factor Ocupación Total “F.O.T.” hasta un máximo de 1.55% en la Parcela 9, Macizo 74 de la Sección “A” propiedad de “FREE PORT IMPORTACION S.R.L.”
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NO