| 740 |
11/12/1990 |
ARTICULO 1Q.- EXCEPTUAR el cumplimiento del C6digo de Edificaci6n en lo referente a medidas lineales y de Superficie l al plano de / mensura TF-1-50-90 2 Sección "D", Macizo 23, remanente Parcela 1.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 739 |
28/11/1990 |
ARTICULO 1°.- DENOMINASE con el norribre de "Aviador Mario MARCONCINI" a la cálle ubicadá en la Sección "F", Macizo 2, entre las Parcelas 5a; 5b; 5f; y las Parcelas 6e; 6d; 6c; 6b y 6a del Parque Industrial.- […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 1494
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| 738 |
27/12/1990 |
articulo 812, para sancionar
ordenanzas en virtud de encontrarse en receso el Honorable Concejo Deliberante;
Por ello:
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
A/C DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULSA CON FUERZA DE
ORDENANZA […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 714
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| 737 |
28/11/1990 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de las normas que fijan los Códigos de Edificación y Planeamiento Urbano, de acuerdo al Anteproyecto de Ampliación presentado, a la Obra sita en la Sección "B", Mácizo 5, Parcela 20 de nuestra Ciudad, propiedad S/Sucesión Satina Ana SARTINI CCRREA, autorizándose a: a) Construir hasta Línea Municipal. Retiro COntrafrontal de 4,00 metros. c) Un F.O.T. máximo de hasta 0,91.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 736 |
28/11/1990 |
Articulo 2° de la Ordenanza Municipal EP 713/90, en donde SR establece que se dencaine a un sitio destacado de la ciudad de Ushuaia con el noMbre de "18 de Septieffibre" como justo homenaje al Pueblo de la Hermana República de Chile; y CONSIDERANDO: Que con el noffibre de "18 de SeptieMbre" fue bautizada una arteria de nuestra Ciudad; Que no dbstante elic, se propuso complementar esta medida con la designación de "Parque RepÚblica de Chile" al predio úbicado en la Sección "C", Macizo 18, Parcela "la" de la ciudad de Ushuaia; Que consultadas las autoridades del Centro de Residentes Chilenos de la Ciudad, dieron su aceptación a dicha propuesta; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por el FT, HCNORABTR CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPAL1DAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA […ver más en el detalle] |
NO
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| 735 |
28/11/1990 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el texto del Articulo 16° de la Ordenanza Municipal N° 412/88, el que quedará redactado de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 412
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| 734 |
28/11/1990 |
ARTICULO 1°.-PROMUWAR la Ordenanza Municipal N° / , y /90, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se prohibe la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad en todo el ámbito de la ciudad de Ushuaia, debido a que las mismas ocasionan graves perjuicios en la salud y comporta- miento de los jóvenes. […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 962
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| 733 |
28/11/1990 |
ARTICULO EXCEPTUASE del pago de los derechos de construcc16n, ispuestos eunicipales e Lnmobiliarlos y de las morwes que fija el 0531go de Edificaciln vigente, con respecto a la ocupachfn del suebo y retiros obligatorlos, para la construcclen de v1veros destinados a uso familiar, que no tengan una myerf1- cle mayor a 150m2 y que sean de construccien réplda, estructura de madera y revestimiento de nybonovidrio o similar.- ARTICULD 2*.- Paceltase al Ejecutivo Municipal, a reglamentar la pcesente Ordenanra en loque respecta a su . constrwcidn e instaleción de servicios.- ARTICULD 3'.- Regletrese. Pase al Departmento Ejecutivo para su premulgación. Cumplido. ARCRIVESE.- CVEENANT.A NUNICIPAL r -7-3-1 /90.- MA P ID D. DANICIE Vice- -dente 19 DADA EN SESICN CeDDARIA 111 PECIUks 28-11-90.- Honotaoiu Lnk.no tJelibente Jait- Directo r'écW1 MJNICA GRA'.-1ELA V.iNDOZA egal y Técnica lele 1)p13. All;s1s:ns.:611 y de Despacho Genera/ 11. C. D. ksesoria Letrada Municipal USHUAIA, 1 P r, 1990 VISTU: La Ordenanza Municipa l n° ;_3 /9C1 s,7triclurucl r-,er el Honorable Concejo Delrberante de usnuaia; y CONS I DEEVUL:0 : Que mediante la misma se exce :) Lnd üe palo de l us derechos de cdristrucción, impuestos municipales e inneui l iarlos de Yas notmas que íija el Código de Edificación vigente, con respecto a la ocupación del suelo y retiros obligatorios, para la construcción oe viveros destinados a uso familiar, que no tengan una superficie mayor a 150m2 y que sean de construe- ción rpiaa, estructura de madera y revestimiento ae nylon, vidrio o Por elio: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARI1CUW 1'.-PI4MULGAR 1 a Ordenanza Municipal N'7r3 3/90, sancionada pciel Hdnor,:.n l e Cujo DeJrberante de Ushuaia, por la cua l se exceptria del de c ereens ue construcción, impuestos Municipales e inualiarros de Jus normis que fija el Código de Edificación vigente, con respecto cx-di lo y retiros obligatorios, para la con:-..trucción de viveros aesnados ds,J familiar, que no tengan una superficie ! ,tayor a 1:50m2 y Lze sean de con7,tracción rápida, estructura de madera y revestimiento de stallar. ARTI JLO 2°.-Comuniquese a quienes curresponda. Dóse copia al boetIn Ur1c1a3 del Cumplido ARCHIVESE. DECRTO MUNICIPAL N° Y/5/90.- brny ES Dré. dra de la Precilla Directora Legal y Técnica y de Despacho General ,sosoría Letrada Municipal |
NO
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| 732 |
28/11/1990 |
Artículo 9 0 , Inciso 18), fija la tasa mensual que se debe abonar al Municipio por espacios reservados, por unidad, en la vía pública, que htibieran sido previamen- te autorizados por la Comuna; Que por Ley Territorial N° 236, Artículo 101°, Inciso 7), el Ejecuti- vo Municipal está facultado para proyectar Ordenanzas y proponer su sanción al Honorable Concejo Deliberante; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta eZzoCiale Zncelo 2-eiZtanje eituniciAaáciad Zitalaci alc Valuaia .1/ II con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL HONORABIE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDA) DE USHUAIA SANCICNA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1°.- ESTABLECESE que las agencias, concesionarias, o cualquier otro tipo de locales comerciales dedicados a la compra-venta de vehícules automoto- res, nuevos o usados, alquiler, permutas, consignaciones, y actividades simila- res lícitas a título gratulto u oneroso, siempre que no posean parques cerrados o recintos que puedan albergar a las unidades, podrán hacer uso de la vía pública para el estacionamiento de hasta dos (2) rodados a los efectos de su ekhibición para su comercialización, en el lugar expresamente autorizado por el Departamento Ejecutivo.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 731 |
28/11/1990 |
ARTICULO 1°.- Se considera artificio pirotécnico al destinado fundamentalmente a producir por combustión o explosión efectos visibles, audibles o mecánicos.- […ver más en el detalle] |
NO
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Deroga 50
Der. por 971
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| 730 |
15/11/1990 |
Artículo 59, de la Ley 23696, su Decreto Reglamentario EN 1105/89 y su modificatorio N° 385/90, la Resolución del Ministerio del Interior N° 690/90 y el Decreto Nacional N° 1610/90; y CONSIDERANDO: Que de los estudios efectuados se ha detectado la existencia de desocupación de la mano de obra de la construcción, la cual ha producido una situación socio-económica grave para ese sector de la población de Ushuaia; Que resulta necesario e inprescindible el inicio de obras tendientes a paliar la situación planteada en forma inmediata; Que a través del plan da emergencia del empleo, el Ministerio del Interior a acordado con la Municipalidad de Ushuaia, un stibsidio no reintegrable para efectuar distintas obras a encarar por la Municipalidad y así lograr los fines propuestos; Quedel espíritu del Decreto Nacional N° 1610/90, se desprende que la Municipalidad de Ushuaia puedb efectuar la contratación directa de las óbras que serán financiadas con fondos provenientes de la Náción para dar cumplimiento al plan dá emergencia del empleo, encuadrando juridicamente las mismas en lo dispuesto en el Artículo 9, inciso c) de la Ley 13064; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por ello: ELHCNORABLE CCNCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a instrumentar la metodología ccrrespondiente al llamado a Concurso Público de precios para las obras a ejecutarse con fondos provenientes de la Nación y cuyo dbjeto sea el plan da emergencia del empleo, creado per el Artículo 59 de la Ley 23696, Decreto Reglamentario N° 1105/89, Decreto Modificatorio N° 385/90, Resolución del /// alnozaJ/e Woneeja S'eá‘ezcznle eMuniciAaádad de la Zudad 9/Iduaia ...1/// Ministerio del Interior N° 690/90 y Decreto Nacional Ni° 1610/90.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 729 |
01/01/1990 |
ARTICULO 1°.-PROMULGAR la . Ordenanza Municipal N° 7 2- (53 /90, sancionada por
el Honorable Concejo Deliberante de Ushuaia, por la cual se exceptüa de las
normas que fija el Código de Planeamiento Urbano,- de acuerdo al anteproyecto
de Obra Nueva, a la propiedad del Señor Israel ETSZTEIN, sita en la Sección
A, Macizo 71,:parcela 2c, autorizándose a construIr sobre la LInea Municipal
sobre Avenida Maipú. […ver más en el detalle] |
NO
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| 728 |
10/11/1990 |
ARTICULO 1º4,- EXCEPTUAR el cumplimiento del Código de Planeamien- to en lo referente a medidas lineales y de superficie al plano de mensura Remanente Quinta 34- Macizo 46- Sección "D", […ver más en el detalle] |
NO
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| 727 |
15/11/1990 |
ARTICULO r.- MIMAR con el. nolibro de "13 de Septieffhre'', e 1e arteria que nace nn la calle Magallanes y Ant1rtida Argentina y continuar1 hacía el Este, finalizando su recorrido en la intersección con la Avenida Perito Moreno.- […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 1494
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| 726 |
15/11/1990 |
artículos 1º y 2s/ establecidos / en la misma. Que los adjudicatarios y preadjudicatarios de los maei-/ zos parcialmente conformados han prestado conformidad a eventuales inconvenientes que puedan surgir de las caracteristicas del subsue lo. Que de acuerdo a la Ley Territorial /452 236, éste Cuerpo/ cuenta con atriouciones para ordenar sobre el particular. Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 112.. AUTORIZAR ia visaci6n municipal al plano de mensura TF 1-68/88.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 725 |
15/11/1990 |
ARTICULO ig .- PROHIBESE terminantemente en todas las áreas destina das a Vía Pública, comprendidas en el Area Industrial (AI), segun/ Plan Director- Zonificación Urbana, toda implantación y estaciona- miento y depósito de: contenedores y/o depósito movibles del tipo comercial; semirremolques y/o cámaras térmicas destinadas a cual- quier tipo de transportes; máquinas viales, vehículos de todo ti- po que se encuentran fuera de circulación o en estado de abandono, como así de restos de carrocerías o chatarras. […ver más en el detalle] |
NO
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| 724 |
15/11/1990 |
ARTICULO 1 0 .- DEROCAP. les Items de la Ordenanza Municipal N' 637/90 que se mencIonan seguidamente: TITULO I, Artículo 2', Categoria 5ta-, item 33: 'unidad d e pasaje', y TITULO Vi 1. ArtIculo 9': 'Derechos de ofícina:', incisos S); 9) y 10).- […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 637
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| 723 |
15/11/1990 |
ARTICULO 2'.- El personal Munícipal de las áreas comprendídas deberf. usufructuar ///.,. 1.- eZnota‘re Woncejo2eaezanie eiffuniciAatWad a/e Wiudad de 02(a‘uaia .../// 1.- su licencia anual en el lapso indicado.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 722 |
07/11/1990 |
ARTICULO 1° . .-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N°
el Honorable Concejo Deliberante de Ushuaia, por la cual se exceptúa del
retiro frontal -obligatorio de tres (3) metros, a la línea Municipal, que
fija el Código de Planeamiento Urbano vigente, para la obra sita en la Sección
"B", Macizo 39, Parcela 2, del ejido de esta Ciudad, propiedad del Señor
Jorge Antonio JUAN,- permitiendo un avance de edificación hasta la línea Muni-
cipal sobre calle Juan D.PERON, y autorizándose hasta un FOT máximo de 0,96. […ver más en el detalle] |
NO
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| 721 |
07/11/1990 |
eV772 ocjie Woncejo 2.e141ante eXunkiAaáalad Zitclad h Va/tuala zniz,TA, V1STQ: 71 Expedien te251/9e, Letra- H.c,n., mediante el cual se ha solicitado la denominación de call e '7ILDO YeTTFP" a una arteria nuestra Ciudad; v GONSIDEPANDO: Que es necesario construir una Ciudad que reconozca el esfuerzo y el sacrificio que delaron muchos hombres para que las nuevas generaciones tomen un ejemplo, una forma de vida; Oue han sido hombres que con el trabajo silencioso, tuvieron que l uchar con el crudo invierno, la falta de comodidad y el aislamiento de todo lugar poblado; Que todo pueblo necesita saber las rai ces por la cual toda Ciudad orece con la fuerza de mirar hacia el futuro; 1,7;tle una manera de recordarlo es nombrar a una calle de nuestra Ciudad, con el nembre de "ALDO MnTTER" siendo áste un sencillo y humilde recuerdo de nuestro pasado; Que la misma estard ubicada en pl comienzo de la calle Magallanes, delimitat a Ceste por los Macizos 13d; 13c; 13a; 9a; 6; lc y la, y al Este por los Macizos 10g; 10f; 10e; 2e y 2d, todos ellos de la Sección "K", terminan- do su recorrido en el Arroyo Buena Espereanza; Que de acuerdo a la Ley Territorial N' 236, áste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar snbre el partioular; Por ello: EL HCNOMPLE CONCEJO BELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUA1A SANCIONA CON FUFRZA DE ORDENANZA APTICULO 1°.- ASIONASE el naribre de "ALDO MOTTFP, a la calle que comienza en la arteria dennminada Magallanes, delimitach al neste por los Macizos 13d1 13c; 13a; 9a; 6; le y la, y al Este por los Macizos 10g; 10f; 10e; 2e eZnozal/e Wc~e/0 _r:U4zanle Ggi umeifrzi2a/ad de í Zudad de 9/14mice —1/// y 2d, todos eilos de la Sación u r, finalizando su recorrido en el Arrovo Buena. Esperanza.- ARTIMLO Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su P,-omuloacidr Cumplido. ARCHIVESE.- OPPENANn MUNICIPAL N' 924 /90.- DADA EN s9sTom ORDI, RTA DE FTCHA: 07-11-90.- ALBERTO GUSTAVO GOMEZ RU EN HUMBERTO RODRIGUEZ SECRETARIO PRISIDENTE eONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELI BEIZANTE 22 USHUA1A, VISTO: La Ordenanza Municipal N° 4,91 /90, saneionada por el Honorab l e Concejo Deliberante de Ushuaia; y CONSIDEPANDOS Que mediante la misma se asigna e 1 nombre de "ALD0 MoTuR" a 1a ealle que comienza en la arteria denominada Magallanes,. de1imiltada a1 Oeste por los Macizos 13d; 13c; 13a; 9a; 6; le y 1a, y al Este por los iiacizos 10y; 10f; 10e; 2e y 2d, todos de la Secci6n "K", finalizando su Iueortide en el Arroyo Buena Esperanza. Por e1.1o: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICUID 1°.-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N° ,`_f |
NO
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Der. por 1494
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| 720 |
07/11/1990 |
ARTICULO 1º.- DESIGNAR a la prolongación de la arteria comprendida desde la Sec ción "C", Macizo 66 hacia el Este, como "MAGALLANES", finalizando su recorrido/ en la calle "MARCOS ZAR", pasando al Norte de los Macizos 93; 45; 44; 43; Ba-// rrio "LOS PINOS" y "ENCOTEL".- […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 1494
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| 719 |
07/11/1990 |
Articulo 452) a la arteria / comprendida entre la calle "LAPATAIA", finalizando en la calle "KUANIP". Que dicho fundamento esta basado en el mejor planeamiento urbano de / nuestra Ciudad. Que de acuerdo a la Ley Territorial N º 236, Iste Cuerpo cuenta con a-/ tribuciones para ordenar sobre el particular. Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 1494
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| 718 |
07/11/1990 |
ARTICULO 1º .- FIJASE como valores correspondiente al mes de agosto de 1.989 del canon de uso de la concesión del local denominado "SPEED I", otorgada por lici- taci6n pública Nº 3/87, la suma que a la fecha de promulgaci6n de la presente / rija por este concepto de acuerdo a la aplicación de la Ordenanza Municipal Ns// 581/89.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 717 |
26/10/1990 |
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la ampliación de la jurisdicción del Barrio “LOS
ALERCES” con la inclusión del Macizo 51 de la Sección “D”. […ver más en el detalle] |
NO
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| 716 |
26/10/1990 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fijan los Códigos de Edificación y
Planeamiento Urbano, de acuerdo al anteproyecto de Obra Nueva sita en la Sección
“A”, Macizo 74, Parcela 1, autorizándose a:
a) Un F.O.S. máximo en Planta Baja de hasta 0,92;
b) un F.O.T. máximo de hasta 3,31;
c) cuerpo salientes cerrados que vuelan sobre vía pública hasta 1,30 m. sobre calle
San Martín y sobre calle Gdor. Godoy, hasta su intersección con la ochava
reglamentaria.
En sector de ochava en plantas 1º y 2º piso y entretecho en voladizo de hasta
2,83 m. por lado de la intersección de calles San Martín y Gdor. Godoy;
d) altura máxima de la torre sobre calle San Martín de 18,00 m., quedará sujeta a
aprobación definitiva por parte de la Dirección de Aeronáutica dada la ubicación
del edificio. […ver más en el detalle] |
NO
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