| 2364 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- INSTITÚYASE el “Programa Municipal de Información y Asesora-
miento Vecinal”. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2363 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- INCORPORASE al Artículo 22, Título VIII – SERVICIOS ESPE-
CIALES – de la Ordenanza Municipal Nº 1508, el inciso m), el que quedará
redactado de la siguiente forma:
“m) Permiso Especial de Circulación .............................................$ 200,00” […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1508
Der. por 3501
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| 2362 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- SUSTITÚYASE el Artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 1011, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1011
Der. por 2919
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| 2361 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido en el Capítulo
VII del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la Parcela 15 del Macizo
75 de la Sección “A”, autorizándose a ocupar el Retiro Contrafrontal. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2360 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el uso Depósito y Venta de Productos para el
Saneamiento Ambiental para el predio identificado catastralmente como Parcela
14 del Macizo 68d de la Sección “D”. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2359 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido por el Artículo
25 de la Ordenanza Municipal Nº 2025, para la Parcela 01c del Macizo 32 de la
Sección “L”, adjudicada a la Asociación Civil sin fines de lucro Colegio del Sur. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2358 |
22/08/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido en el Capítulo
VII del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la Parcela 15 del Macizo
59c de la Sección “D”, autorizándose a:
a) Ocupar el Retiro Frontal.
b) Un F.O.T. máximo de 1,36. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2357 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido por el Artículo
VII del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la subdivisión del predio
ubicado catastralmente en la Parcela 16 del Macizo 05 de la Sección “F”, autori-
zándose a subdividir en dos (2) parcelas de 297,00 m2 y 334,00 m2 aproxima-
damente. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2356 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido por el Artículo
VII del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la obra nueva ubicada
catastralmente en la Parcela 07 del Macizo 25 de la Sección D, autorizándose un
F.O.S. de 1,00. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2355 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- Los titulares de vehículos de remisses habilitados por la
Municipalidad de la ciudad de Ushuaia, podrán realizar la desinfección exigida por
la reglamentación vigente a través de un servicio privado, el cual deberá estar
debidamente habilitado por la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia. Al efecto, un
representante de la agencia o titular de la unidad, deberá presentarse en el lugar y
fecha que estipule la autoridad de aplicación con él o los certificados
correspondientes a la o las unidades pasibles de control. El certificado emitido por
la empresa de desinfección, que será uno par cada unidad desinfectada, deberá
contar por lo menos con la siguiente información:
a) Nombre de la empresa, número de habilitación municipal y firma del
profesional responsable.
b) Unidad a la que se realizó la desinfección con detalle de la agencia a la que
pertenece, número de unidad, número de dominio y número de la habilitación
municipal de la unidad.
c) Fecha de realización de la desinfección, la cual tendrá vigencia por el término
de treinta (30) días corridos. […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 5885
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| 2354 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- PROHÍBASE el giro a la izquierda para los vehículos que circulan por
la calle Carlos Darwin con sentido Sur – Norte y que quieran ingresar a la arteria Luis
Vernet, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial
Nº 24449. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2353 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494, el
Artículo 383, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1494
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| 2352 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- A los efectos de regular la circulación por la vía pública de los
vehículos denominados “CONTAINERAS” utilizados en las operaciones de estiba
portuaria y plazoletas de maniobras, se establecen las siguientes condiciones:
a) Solo se autorizará su circulación dentro del ejido urbano en horas diurnas, de
acuerdo a los horarios que estacionalmente establezca la reglamentación de la
presente.
b) A tal fin, la empresa propietaria o locataria de la máquina, deberá solicitar el
pertinente permiso especial de circulación ante la autoridad municipal de
contralor, con no menos de veinticuatro (24) horas de anticipación.
c) La autoridad de tránsito municipal, previa evaluación de la solicitud, podrá
autorizar o no el traslado, basándose en las medidas de seguridad del tránsito
automotor y peatonal, su normal fluidez, condiciones climáticas imperantes,
horario propuesto, recorrido a efectuar y demás circunstancias que sean
menester tomar en consideración.
d) Adjunto a la solicitud deberá agregarse fotocopia del Título de Propiedad de la
máquina, o contrato que acredite su legítima tenencia y fotocopia de la póliza
de seguro en vigencia; además fotocopia de la Licencia de Conducir del chofer
en la categoría habilitante para el rodado expedida por la Municipalidad de
Ushuaia.
Asimismo, en la solicitud deberá indicarse el lugar y hora de partida, itinerario
del recorrido y hora y lugar de destino.
e) La máquina deberá contar con todos los elementos de seguridad exigidos por
la Ley Nacional Nº 24.449 y su reglamentación, asimilables a la maquinaria
especial.
f) De autorizarse la solicitud de traslado, la autoridad de tránsito emitirá un
permiso especial de circulación, válido para un solo viaje de ida, y
eventualmente de vuelta si esta se produce dentro de las doce (12) horas.
g) La autoridad de tránsito municipal podrá exigir, además del acompañamiento
que obligatoriamente se realice con vehículos asignados por la autoridad
municipal competente, que la empresa propietaria de la máquina containera
asigne vehículos escoltas adicionales para acrecentar el dispositivo de
seguridad vial.
h) Queda prohibido el estacionamiento y circulación por la vía pública de maqui-
naria especial sin previa autorización de la autoridad municipal competente. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2351 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- INCORPORASE al Artículo 22, Título VIII – SERVICIOS ESPE-
CIALES – de la Ordenanza Municipal Nº 1508, el inciso I), el que quedará
redactado de la siguiente forma:
“I) Permiso Especial de Circulación .............................................$ 200,00” […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1508
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| 2350 |
08/08/2001 |
ARTICULO 1º.- TODA persona proveniente de otro Municipio de la República
Argentina, al momento de renovar su Licencia de Conducir, deberá rendir el examen
teórico – práctico correspondiente a la categoría de licencia que solicite y cumplir con
la totalidad de los requisitos establecidos por las Ordenanzas en vigencia y sus
Decretos reglamentarios. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2349 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Inciso 10) del Artículo V.2.1.2. del ANEXO I de la
Ordenanza Municipal Nº 2139, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ Inciso 10) En caso de dos (2) o mas viviendas unifamiliares independientes en
el mismo predio, edificio de administración y/o comercio, la separación mínima
entre ellos será igual a 5,00 metros, medidos entre sus parámetros exteriores
enfrentados, en los que existan vanos de iluminación y ventilación de locales de
primera clase pertenecientes a distintas unidades de edificación. En caso que no
existan en los muros enfrentados vanos, no se exigirá separación mínima” […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2139
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| 2348 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE un espacio reservado entre discos para el
estacionamiento de un vehículo, con la leyenda en placa adicional “RESERVADO
BANCO DE TIERRA DEL FUEGO”, sobre la acera Este de la calle Juan Manuel de
Rosas.- […ver más en el detalle] |
NO
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Der. por 5131
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| 2347 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 2298, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2298
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| 2346 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1°.- DEROGASE el inciso d) del Artículo 4° de la Ordenanza Municipal
N° 2322. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2322
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| 2345 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1º.- DESAFECTASE del uso público una Superficie aproximada de
283,18 m2 de la calle 2 de Abril, según croquis que se adjunta y que forma parte
de la presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2344 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la contratación del señor Aníbal Oscar BERTEA,
D.N.I. N° 10.907.788, quien prestará servicios en la Secretaría de Economía y
Finanzas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 216 de la Ley Territorial N°
236.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2343 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZANSE los indicadores urbanísticos y el uso propuesto
para el predio ubicado catastralmente en la Parcela 5, del Macizo 17 A de la
Sección “G”, de acuerdo al anteproyecto presentado y que corre agregado a la
presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2342 |
27/06/2001 |
ARTICULO 1º.- MODIFIQUESE el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 2064,
que quedará redactado de la siguiente forma:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2064
Der. por 2628
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| 2341 |
27/06/2001 |
ARTICULO 1º.- MODIFICANSE los Artículos 4º, 5º y 6º de la Ordenanza Municipal Nº
2221, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2221
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| 2340 |
27/06/2001 |
ARTICULO 1º.- SUSTITUYASE el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº
2275, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2275
Deroga 968, 1713, 1752, 2199
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