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2838 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 2808, el que quedará redactado de la siguiente forma: « AR -FiCULO 30 •- INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, los Artículo 409 y 410, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "
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Mod. 2808, 1494
2837 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a los Bomberos Voluntarios de la ciudad de Ushuaia, a través de cualquiera de los Cuarteles reconocidos, a realizar cada "13 de Marzo" un acto conmemorativo de la tragedia que costara la vida al Bombero Voluntario Diego SANCHEZ.
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2836 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE un espacio reservado entre discos de SIETE (7) metros aproximadamente, con la leyenda en placa adicional: "Reservado Personas con Discapacidad - Familia VILLEGAS ", frente a la vivienda ubicada en la calle 9 de Julio N° 335 de nuestra ciudad, propiedad de los Señores Carlos Leonardo VILLEGAS, D.N.I. N° 14.653.104, y Rodolfo Herminio VILLEGAS, D.N.I. N° 17.407.213.
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NO
Der. por 5131
2835 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- SUSTITÚYASE el Inciso 3, del Artículo VIII.1.1.2 "REFERENCIAS PARA ESTACIONAMIENTO O GUARDA VEHÍCULAR" cte la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Se calculará la cantidad de módulos con la aplicación de la siguiente fórmula: Sumatoria de S x 1/F0 x 1/FC x FP, donde: 1) S = Superficie destinada a usos de acceso público masivo, aún cuando se declaren de acceso exclusivo; 2) FO = Factor de Ocupación de acuerdo a lo que indica el Código de Edificación en su Artículo 11.3, según cada uso específico; 3) FC = 4 = Valor constante que surge de la capacidad de personas por vehículos; 4) FP = 0,75 = Valor constante que surge de considerar una permanencia efectiva de los vehículos del 75%. Cuando existan en un mismo edificio diferentes usos, se tomarán aquellos que tengan FO = 1 en un 100% y los demás en un 25%".
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Mod. 2139
Deroga 2802
2834 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte del Licenciado Daniel Roberto MARTINIONI, D.N.I. N° 17.364.434, con domicilio en la calle Transporte Villarino N° 410, de la ciudad de Ushuaia, de una (01) Cámara Fotográfica Digital y accesorios, Número de Serie KCFDH43105027, por el valor de PESOS UN MIL OCHENTA Y SEIS ($ 1.086,00), la misma se incorporará al Patrimonio de la Municipalidad de Ushuaia - Dirección Gestión Ambiental.
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2833 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ADHERIR a los alcances de la Ley Provincial N° 535 sobre "PERSONAS DE LA TERCERA EDAD: PROTECCIÓN INTEGRAL E INTEGRÁCIÓN EN LA FAMILIA Y SOCIEDAD FUEGUINA" y a la Ley Provincial N° 576 sobre "ESTABLECIMIENTOS GERIÁTRICOS PUBLICOS 0 PRIVADOS — REGULACIÓN".
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2832 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INCORPORAR a la Ordenanza Municipal N° 1508 y sus modificatorias - Anexo 1 - Capítulo I "TASAS A LAS ACTIVIDADES COMERCIALES E INDUSTRIALES" — Artículo 2° - Categoría 1 - el Rubro Geriátrico, con una (1) inspección mensual.
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Mod. 1508
2831 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la incorporación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2005, sancipnado por Ordenanza Municipal N° 2781, conforme el detalle establecido en el Anexo I de la presente, de recursos excedentes del Ejercicio 2004, con afectación específica para la cancelación y adecuación edilicia del inmueble cuyo proceso de adquisición fuera iniciado mediante Carta de Intención de fecha 30 de Noviembre de 2004, ratificada por Resolución C.D. N° 373/2004 dada en Sesión Ordinaria de fecha 15 de Diciembre de 2004.
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Mod. 2781
2830 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Los productos tipo pegamentos o adhesivos, cuya fórmula química contenga hidrocarburos líquídos o solventes denominados tolueno, ' ciclohexano o isobutano, solo podrán expenderse y comercializarse en locales habilitados como pinturerías, talabarterías, ferreterías, venta de materiales para la construcción y venta de repuestos y/o accesorios para el automotor. Queda absolutamente prohibida la venta de'clichos productos a menores de DIECIOCHO (18) años edad.
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NO
Der. por 2867
2829 19/10/2015
ARTICULO 1°.- RATIFICANSE el Ámbito de Aplicación; Régimen de Ingreso para el Personal de Planta Permanente; Derechos; Obligaciones; Prohibiciones; Incompatibilidades; Adscripciones; Del Personal de Planta Política; pbligaciones del Empleador; Cemisiones Paritarias Permanente; Negociación de Buena Fe; Higiene y Seguridad; Del Fondo Permanente de qapacitación y Recalificación Laboral y Fuentes de Mayores Beneficios, que regirán las relaciones laborales de todo el personal del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia, en el marco del Convenio Municipal de Empleo, para el ámbito del Concejo Deliberante, establecido en el Artículo 108 de la Carta Orgánica Municipal y conforme los términos acordados por los representantes paritarios designados por aplicación del decreto C.D. 05/2003; que se incorporan a la presente como Anexo I.
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2828 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo VII.1.2.11 del Código de Planeamiento Urbano en lo que refiere a Distrito Reserva de Costa, permitiéndose construir la Sede Social del Ushuaia Golf Club, autorizándose a ocupar hasta un máximo de TRES (3) metros del retiro de VEINTICINCO (25) metros exigido.-
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2827 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DER GASE el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 235 y su m• odificato, ria.1A1r:0tí1 denanza Municipal N° 547.
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NO
Mod. 235, 547
Mod. por 2883
Der. por 3015
2826 19/10/2015
ARTICULO 1°.- SUSTITÚYASE el Inciso 3) del Artículo 17 de la Ordenanza Municipal N° 1508, por el texto que se transcribe a continuación: "3) Por ocupación de vía pública con cajas metálicas y/o contenedores; por cada caja y/o contenedor: a) Primeros DOS (2) días corridos EXENTO b) A parti r del Tercer día corrido, por día $ 14,00 La exención establecida en el Punto a) del presente Inciso, no es de aplicación en los sectores y/o calles afectadas al Sistema de Estacionamiento Medido, debiéndose abonar en éstos casos un importe diario de PESOS CATORCE ($ 14,00) a partir del primer día. De éste importe el Municipio acreditará a la empresa concesionaria correspondiente y a cuenta de cánones, el importe de PESOS SEIS ($ 6,00) diarios."
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NO
Mod. 1508
Der. por 3501
2825 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER, para el Ejercicio Fiscal 2005, la plena vigencia de la Ordenanza Tarifaria N° 1508 y sus modificatorias.
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NO
Der. por 3501
2824 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- SUSTITÚYASE el texto del Artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2243, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 2243
2823 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE a la obra: Pavimentación de las calles "Del Tolkeyen" y "De la Estancia", de los alcances del Artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2243.
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Mod. por
2822 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de cumplir con• el Articulo 111.4.7.1. "Materiales de Marquesinas", del Código de Planeamiento Urbano en lo que respecta al tipo de materiales permitidos en la construcción de marquesinas sobre la acera, admitiéndose la utilización de materialés opacos en su totalidad, para la marquesina de la obra construida sobre la parcela denominada catastralmente como B -18 - 01 de nuestra Ciudad.
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2821 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZANSE espacios reservados entre discos de CATORCE (14) metros, para el ascenso y descenso de pasájeros con una leyenda en placa adicional "ESPACIO RESERVADO PARA ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS DESTINADO A HOSPEDAJES TURISTICOS", los que estarán emplazados sobre la margen Sur de la Avenida José de San Martín, a partir de la Línea de Edificación, en intersecciones de las calles que a continuación se detallan: a) Patagonia; b) Sarmiento; c) Juan Manuel de Rosas; d) 9 de Julio; e) Juana Fadul; f) Antártida Argentina.
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2820 19/10/2015
ARTÍCULO ESTABLÉZCASE como Área Suburbana al sector de la ciudad de Ushuaia que se indica en el croquis adjunto que corre agregado a la presente como Anexo I, siendo de aplicación lo impuesto por los artículos IV.1 .2.2 y VII.1 .1 .-
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Mod. 2139
Mod. por 2844
2819 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del Uso Público una superficie de 50 Ha. aproximadamente, de Tierra Fiscal Sin Mensurar en el sector que se encuentra ubicado al Sudoeste de la Ciudad, en la zona denominada catastralmente como Sección "Q", a los efectos de ser destinada, según croquis que corre agregado a la presente como Anexo I, a: a) Emprendimientos Turísticos y Usos Complementarios; b) Uso Residencial.
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Mod. por 3156
2818 19/10/2015
ARTÍCULO - AFECTASE al Uso Público, como Espacio Verde, la Parcela denominada catastralmente como U — 1 — 1R, con una superficie de 1.463.741,91 m2, de acuerdo al plano que como Anexo I forma parte integrante de la presente.-
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2817 19/10/2015
ARTICULO 1 0.- CREASE dentro del ejido urbano de la Ciudad de Ushuaia el Registro de Canes considerados Razas Peligrosas.
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2816 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 2457, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "
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NO
Mod. 2457
Der. por 3688
2815 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con io -estipulado en el Código de Planeamiento Urbano, Tabla de Usos - Artículo VIII.IV.3.3. para la zona R3, autorizándose el Uso Comercial de "Salón de Fiestas, Salón de Baile, Discoteca y similares", a desarrollarse en la Parcela designada catastralmente como J-54-02 de nuestra Ciudad.
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2814 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTÚASE del cumplimiento del Artículo VII.1.5. Lado Mínimo exigido para la zona, del Código de Planeamiento Urbano, a la parcela denominada provisoriamente como A-35-1G, según croquis que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
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