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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
88 01/01/1977
ARTICULO 10 ) Todo local en el que se manipulen, elaboren, depositen, exhiban-o expendam sUbstancias alimenticias, bebidas u otros productos de consumo o sus materias primas, o las que con ellas se relacionen, estará sujeto a la verificaoión e inspecciónMunicipal. ARTIOULO 20 ) Los locales a que se refiere el axtículo anterior, apar- te de ajustarse a lo que-disponen los deaás artfoulos / del presente Oódigo y otras dísposíciones vígentes, deben reunir con- diciones que garanticen la bígiene de los produotos que en ellos exis tan, asi oamo taábién las de uma fácil insPsoción.,- ARTIOULO 30 ) La inspeooión tendrá libre aoceso a satos locales en / -cualquiermoMetito y los encargados de efectuarlas podrán examinar todos los produotos existentes, sea cual fuere . su natarale- za, extrayendo muestras ouando así lo juzguen necesario.,- ÁRTIOUI0 4°) Las personas que se encuentren en los locales de venta, estén o no expresamente a cargo del negocio, quedan obl1. gados a la atención de los inspectores, así como a reaplazar a sus / propietarios en todas las actuaciones y derivaciones de la inspecciól ARTIOUI0 50) A los efectos del artioulo anterior los comercios ten- / drán a su frente y permanentemente a personas mayores de edad, faoultadas, tácita y expresamente para la atención.- ARTIOULO 60 ) Los Puncionarioe Municipales de inspeooión tendrán, a 1a eala presentaoión de la credencial que lo aoredite como tales, líbre acceso a cualquier lboal comercia1 y aus dependencias / ínternas.- ARTIOUI0 ) Todo fabrícante o expendedor, está obligado a entregar al inspeotor, ,sin cargo alguno y paraiNte organiamo,la /-\ ARDENAS Jefa _ MuniciprlidEd de Corresuonde Ordenanza Mun.N° gg cantidad indispensable de . artículos que sean solícitados para firmar la muestra pará el exámen, utilizándose el-siguiente procedimientos cada uno de los artioulos se dividirá en dos poroiones que se colo- carán en dos . envases apropiadosy se lacrarán-y sellarán, adosándose le una tarjeta de identificación-del producto de-que-se trata, ubi- cacidn del looal, fecht de-la extraooión de lamuestra, nombre y-fir ma del comercíante y del-inspector actuante. En cato de que el comer ciante se-negase a-firmar; .. bastará-para continuar el tráaite la fir- ma de un tesitígo; uta de-las muestras extraidas sená destinada al / Departamento Bromatológico'para aa . análisis, mientras que la otra / quedará en podor del comerciánte previa confecoión del acta nombrán dolo depositárío-de-la 7niisma;-. 'Cuando se-oreaconveniente las mues- trmt podrán ser retiradas por tri plicado.- Las mismas-podrán ser ex- trafdas indistintamente de envases cerrados'o abiertos.-
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NO
88 10/02/1984
ARTICULO 1 2 .- APRUEBASE el Reglamento Interno que, domo ANEXO I, pasa a formar parte integrante de la presente.-
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NO
Mod. por 908, 1046, 1718, 2162, 2290, 2321
Der. por 2452