Artículo 8,5z de la citada Ordenanza dispone los espacios físicos en los cuales no autorizará la instalación de Kíoscos expendedores de diarios, revistas y afines de la indus- tria periodística en la vía pública; Que en función de razones de transitabilidad peatonal en la totalidad del recorrido de la Avenida San Martín de nuestra Ciudad, y de las arterias transversales a la misma y que se evidencia un reducido espacio en el ancho de las veredas; Que se hace necesario vedar la autorización de la instalación de los Kioscos expendedores citados en la Avenida San Martín y en las arterias transversales hasta la distancia de ochenta (80) metros, a partir de la interseccíón con la primera; Que es críterio de éste Cuerpo, interpretar que las arterias indicadas constituyen las vías de mayor circulación Wanclica SeUeuzode de ciud'ad h9,Uttaia peatonal de la Ciudad; Que no debe dejar de tenerse en ouenta el aspeoto es tético que debe hacerse a la identidad turística de la Ciudad; po cuenta Que de acuerdo con la Ley Ter ritorial ND 236, éste Cuer con atri buciones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL CONCEj0 DEL IBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE 11-11-1LE_B_A_U_a_á
ARTICULO 1D.- INCLUYESE como apartado "k" del A rtículo 8e de la Ordenanza Municipal Ne 558/89, el s i guiente texto: N"AmeA"nRenATtp5Irla5Coar8Usst/L,a8Oad9cro,2oteneke.tr:l-aídaAcMosvuOseaDtnlIariFadqIpnauCaseArvSdSteaaEirnrrsáeMaldalrereeAtsdrliatanhcíatciesaunntdtlaoeolrauds2neeatcdolcetdaiiaólslnstaiiadcgnaOoucdrniideadlneetandeaespnmruzoaicanmrheeeerMrcnauaot:n"rai.rc-i(id8poa0l)y RTICULO 2D.- La Municípalidad fijará, De liberante de la ciudad de Ushuaía, el ad - re ferendum del Concejo es pacio en la vía pública donde podrá p funcionar el Kiosco y co ncederá su exp lotación a la ersona que se encuentre debidamente hab ilitada por el Ministerio Woncejo .9eUetante h ciudad de °2t4ezia de Trabajo".-
ARTICULO 3o.- Re g istrese. Pase al De p artamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL No /92.- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 24-06-9 ULIO LI ARES .=OVARI:56„liiANIEL EILEAR.‘ Secretario Vlo(01.?4151(enho 19 Concejo Deltberante 1 09 61111Wante Ng_ DECRETO DE PROMULGAC1ON A C ikRGQ). DE .LA PRESIDENCIA Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 3 JUL 1992 VISTO: La Ordenanza Munici p al N29b91 /92, sancionada pinr el Co•cejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, y: CONSIDERANDO: Que mediante la cual se incluye como apartado "k" del Artículo de ia O•denanza Munici p al N2558/89, el siguiente texto: "npartado k: Avenida Sa• Martin en la totalidad de su recorrido y en las Arterias transversales hasta una distancia de ochenta (80) metros, contados a partir de la intersecciÓn con la primera". Asimismo se modifica el Artículo 22 de la Ordenanza Munici p al N25s8/89, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 22.-La Municipalídad fijará, ad-referendum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, el 1 la via pública donde podrá funcionar el Kiosco y concederá su explota- ción a la persona que se encuentre debidamente habilitada POr el Ministerio de Trabajo". Por ello: EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIDERANTE A CARGO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTICULO 12.-PROMULGAR la Orde•anza Municipal N2 1:kg-914 /92, cionada p or el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia. por la cual se incluye como apartado "k" del Artículo 82 de la Orde- nanza Munici p al N2558/89, el siguiente texto: " n p artado •: Aveni- da San Martín en la totalidad de su recorrido en las Arterias transversales hasta una dístancia de ochenta (80) metros, conta- Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUHICIPALIDAD DE USHUAIA dos a partir de la intersección con 1a p rimera". nsimismo se modifica el Artículo 22 de la Ordenanza Munici p al W2558/e9, el cual q uedara redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 2Q.-La Municipalidad fijará, ad-referendum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, el espacio Jen. via ' pública donde podrá funcionar eI Kiosco y concedera su ex p lotaciÓn a la persona e se encuentre debidamente habilitada Trabajo". (ARTIcuLo 22.-REGISTRESE.. Comuniquese a q uienes corresponda. Cum p lido. ARCHIVESE, 5 5 DECRETO muNicsy nL \-112 occ. r, . obferv. ALSO DFIRIVO psli! 7. 1 Us!-,Lr ia