Ordenanza N° 843 NO

Datos de la ordenanza
Número
843
Fecha de sanción
06/09/1991
Vigencia
NO
Decreto
1040
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFICAR el artículo 9º de la Ordenanza Municipal Nº 510/89 que

regula la actividad de DESPENSA Y ALMACENES, el que quedará redactado de la

siguiente manera:

“

ARTICULO 9º.- Los productos perecederos incluyendo los de panificación, tales

como pre-pizza, pan lactal, masa para empanadas, etc., deberán conservarse en

heladera tipo comercial en perfecto estado de higiene y conservación. Se podrá

autorizar, en el rubro “VENTA DE CONSERVAS”, aquellas Despensas que no

cuenten con heladera tipo comercial u otro sistema de refrigeración aprobado. Estos

locales podrán vender únicamente los siguientes productos: alimentos secos,

desecados, deshidratados, conservas, bebidas alcohólicas y analcohólicas,

incluyendo las esterilizadas por Ultra Alta Temperatura (U.A.T.).”.

ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 843 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 6/9/1991.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1040 / 91.-

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