ARTICULO 1°.- MODIFICAR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N.° 5702, que incorpora como inciso XII) al artículo 1° de la Ordenanza Municipal N.° 4976, por el texto que a continuación se detalla: "XII) Relaciones Vecinales y Parlamentarias ".
ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR al Anexo XII de la Ordenanza Municipal N.° 4976, las siguientes funciones: "18) Realizar el seguimiento de los proyectos y cuestiones vecinales, con trámite ante el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia. 19) Implementar programas tendientes a fortalecer a instituciones intermedias, organizaciones de bien público, y toda experiencia organizativa comunitaria y su vínculo con el Estado. Profundizando así el aspecto sustantivo de la democracia. 20) Coordinar activamente la Gestión Administrativa y de Atención al Vecino, en la atención de las demandas de los vecinos, con las areas municipales a los fines de dar respuesta a los mismos".