Datos de la ordenanza
Número
5827
Fecha de sanción
15/12/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 5768, el que quedará redactado de la siguiente manera:
‘
ARTÍCULO 5º.- ESTABLECER que la Comisión Operativa de Emergencia Turística tendrá vigencia durante la extensión de la emergencia sanitaria producto de la pandemia por COVID-19’.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5827.
SANCIONADA EN LA TERCERA JORNADA DEL DÍA 15/12/2020, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 09/12/2020
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 5768
ARTÍCULO 1°.- CREAR la Comisión Opera
Asunto de origen
Asunto 658/2020
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto
658/2020 —
Taquigráfica N° 8/2020 — 09/12/2020
(Asunto 658/2020, expediente 34/2020)
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Documento