Ordenanza N° 5827 —

Datos de la ordenanza
Número
5827
Fecha de sanción
15/12/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 5768, el que quedará redactado de la siguiente manera:

‘

ARTÍCULO 5º.- ESTABLECER que la Comisión Operativa de Emergencia Turística tendrá vigencia durante la extensión de la emergencia sanitaria producto de la pandemia por COVID-19’.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5827.

SANCIONADA EN LA TERCERA JORNADA DEL DÍA 15/12/2020, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 09/12/2020

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 658/2020
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 658/2020 — Taquigráfica N° 8/2020 — 09/12/2020
(Asunto 658/2020, expediente 34/2020)
Ir al debate (pág. 33)
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