ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR como punto 26 del Anexo III de la Ordenanza Municipal N.° 4976 el siguiente: "26) asegurar el eficiente funcionamiento del Matadero Municipal y de la Planta Municipal de Procesamiento de Frutos de Mar, propendiendo a su modernización tecnológica a los efectos de potenciar las cadenas de valor de las respectivas actividades económicas consideradas estratégicas para el desarrollo".
ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR la denominación de la Secretaría de Medio Ambiente, creada mediante Ordenanza Municipal N.° 5022, la cual en lo sucesivo se denominará "Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable".
ARTÍCULO 3°.- DEROGAR el inciso 26) del Anexo II de la Ordenanza Municipal N.° 4976.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5764. SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 11/03/2020.