Ordenanza N° 5682 NO

Datos de la ordenanza
Número
5682
Fecha de sanción
23/10/2019
Vigencia
NO
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N.° 5200, el que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTÍCULO 6°.- En los casos previstos en el artículo 5º, el infractor será sancionado con multas graduables de entre dos mil (2000) UFA a seis mil (6000) UFA e inhabilitación para conducir vehículos automotores desde tres (3) meses, y se procederá a la retención de la licencia de conducir de acuerdo a lo que a continuación se detalla: a) En todos los casos, cualquiera sea la graduación de alcohol informada en el ticket de muestra obtenido mediante etilómetros o alcoholímetros debidamente calibrados, el Juez Administrado Municipal de Faltas verificará si el conductor es reincidente o no y, en caso afirmativo, agravará la sanción de la inhabilitación hasta seis (6) meses, la primera vez y en escala sucesiva hasta los doce (12) meses. b) Superado el límite anterior el Juez Administrativo Municipal de Faltas estará facultado para inhabilitar definitivamente al infractor para conducir cualquier vehículo. Para ser rehabilitado deberá obtener, por parte de las autoridades competentes, el certificado de aptitud psicofísica que acredite capacidad para conducir cualquier tipo de vehículos y constancia de haber realizado un curso de reeducación vial. En el caso de infractores que incurran en la reiteración de la falta, encontrándose inhabilitado para conducir, los mismos serán pasibles de multas máxima estipuladas en la presente. Asimismo, para la obtención de una nueva licencia de conducir, deberá abonar una suma extra al monto establecido para la misma, equivalente a dos mil (2000) UFA. Si la falta fuera cometida por el prestador de un servicio de transporte público, la inhabilitación podrá ser definitiva desde la primera vez".

ARTICULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para Su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5682 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 23/10/2019.-

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 1028/2019
juzgado adm.municipal de falta
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 1028/2019 — Taquigráfica N° 8/2019 — 23/10/2019
(Asunto 1028/2019, expediente 272/2000)
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