Ordenanza N° 574 NO

Datos de la ordenanza
Número
574
Fecha de sanción
11/09/1989
Vigencia
NO
Decreto
595
Tema
Transporte Público
Comisión
Policía Municipal
Descripción

artículo 10 0 se establece que los vehículos afectados al Servicio Público de Taxis, deberán estar pintados de color blanco o similar; Que o p ortunamente la Asociación de Propietarios de Taxis solicitó ante el Departamento Ejecutivo la liberación de colores, fundamentando su petición en las dificultades que o casiona la adquisición de una unídad de color reglamenta- rio y el alto costo que representa el pintado, c onstituyendo este último procedi- miento una desvalorización al momento de su venta; Que ante lo expuesto, el Departamento Tránsito realizó una encuesta entre un número c onsiderable de c oncesionarios, los que opinaron mayoritariamente a favor de la liberación aludida; Que oídos los argumentos vertidos por los prestatarios del servicio público y en c onsideración al estado de emergencia social y económica en que se encuentra inmersa la Republica al que no escapa nuestra ciudad, y a fin de resguardar la fuente de trabajo que representa para un basto sector de la c omunidad, se debe proceder a declarar la liberación de colores para los vehículos de alquiler con taximetro en el ámbito de la ciudad de Ushuaia; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para o rdenar sobre el particular; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

ARTICULO 1 0 .- MODIFICASE el artículo 10 0 de la Ordenanza Municipal N° 412/88, el que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTICULO 10 0 .- El vehículo de alquiler con taxímetro deberá estar pintado de un solo color, ualquiera'sea este.-"

ARTICULO 2°.- Regístrese. P se al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- / Br tiA/0' )GOMEZ AG E Secretario /r/idi te u orrrahlc Concejo Deliberante RA ONCEJO DEL ORDENANZA MUNICIPAL N° -7 79-4 /89.- DADA EN SESION ESPECIAL DE FECHA 11/09/89.-

Observaciones
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