Ordenanza N° 5450 NO

Datos de la ordenanza
Número
5450
Fecha de sanción
18/04/2018
Vigencia
NO
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR los incisos b) y c) del artículo 1° de la Ordenanza 5398, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "b) si el predio donde se produjo el asentamiento posee la totalidad de los servicios domiciliarios provistos por la Municipalidad de Ushuaia, se adjudicará la parcela y deberá abonarse el valor total de venta del predio de que se trate, previo informe que acredite la situación particular del ocupante y que el mismo reside allí con anterioridad a la fecha señalada; c) si el predio en el que se produjo el asentamiento informal no posee la totalidad de servicios domiciliarios provistos por la Municipalidad de Ushuaia, se preadjudicará la parcela abonándose el cincuenta por ciento (50 %) del valor del predio del que se trate, previo informe que acredite la situación particular del ocupante y que el mismo reside allí con anterioridad a la fecha señalada."

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5450 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 18/04/2018.-

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 315/2018
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 315/2018 — Taquigráfica N° 3/2018 — 18/04/2018
(Asunto 315/2018, expediente 1048/1999)
Ir al debate (pág. 89)
Salta al debate del asunto que dio origen a la ordenanza.