ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la subdivisión de la parcela identificada catastralmente como Sección E, Macizo 24, Parcela 03 de la ciudad de Ushuaia, en dos (2) parcelas, autorizando un frente mínimo de parcela de doce metros (12 m) y una superficie mínima de parcela de quinientos sesenta metros cuadrados (560 m 2) , de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- MANTENER para lo enunciado en el artículo 1°, los restantes indicadores urbanísticos establecidos en el artículo VII.1.2.1.4, para la zonificación R4-Residencial Parque, con excepción de los premios, los cuales no serán de aplicación.
ARTÍCULO 3°.- Las parcelas resultantes de la subdivisión deberán respetar un retiro lateral de tres metros (3 m), hacia las parcelas linderas no objeto de la subdivisión, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 4°.- Para las parcelas resultantes de la subdivisión no será de aplicación lo enunciado en el artículo V.1.6. "Parcelas Atípicas", del Código de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande la subdivisión parcelaria y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, quedarán a cargo de los propietarios de la parcela.