Ordenanza N° 5255 —

Datos de la ordenanza
Número
5255
Fecha de sanción
10/05/2017
Vigencia
—
Tema
Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la aprobación del proyecto de urbanización de los predios identificados según catastro como Parcela 3 del Macizo 51 y Parcela 1 del Macizo 52 -originados por la división de la Remanente 32R del Macizo 1000-, de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, conforme la planimetría obrante a fojas 907 del Expediente SP- 7902/2004 del registro municipal, una vez completada la documentación correspondiente, según se establece en la normativa vigente.

ARTÍCULO 2°.- ASIGNAR a los predios identificados en la planimetría mencionada precedentemente como Parcelas 28 - 29 - 30 del Macizo 52B, la zonificación R3- Distrito Residencial de Densidad Baja estableciendo los indicadores urbanísticos de la hoja de zona correspondiente - Artículo VII.1.2.1.3 del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia.

ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR a los predios identificados en la planimetría mencionada precedentemente como Parcelas 4 - 5 - 6 del Macizo 51A, Parcelas 3 - 4 del Macizo 51D, Parcela 4 del Macizo 51F, Parcelas 26 - 27 del Macizo 51G, y Parcelas 28 - 29 - 30 del Macizo 52B, de cumplir con el indicador urbanístico "Superficie Mínima" establecido en el Artículo VII.1.2.1.3 del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, autorizando la conformación de dichas parcelas.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZAR la resolución de la calle sin salida que corre entre los macizos identificados en la planimetría mencionada precedentemente como 51A y 51B, dando conformidad a las dimensiones propuestas y exceptuándola de cumplir con los parámetros establecidos en el Artículo III.3.3.8 - Calles Sin Salida del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia.

ARTÍCULO 5°.- MODIFICAR parcialmente el Plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, conforme a lo indicado en la presente Ordenanza, una vez aprobado el proyecto urbano mencionado en el artículo 1° y registrada la mensura correspondiente.

ARTÍCULO 6°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir Permisos de Inicio de Obra para los proyectos que se planteen en las parcelas conformadas de acuerdo al anteproyecto urbano visado, en forma previa a la aprobación definitiva del proyecto de urbanización, condicionando la emisión de los respectivos Certificados Finales de Obra a la efectiva finalización del trámite inherente al proyecto urbano y al registro de la Correspondiente mensura por parte de la Gerencia de Catastro Provincial. 

Asunto de origen
Asunto 497/2017
remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 497/2017 — Taquigráfica N° 3/2017 — 10/05/2017
(Asunto 497/2017, expediente 12/2013)
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