Ordenanza N° 5045 NO

Datos de la ordenanza
Número
5045
Fecha de sanción
27/04/2016
Vigencia
NO
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el inciso a) del artículo N° 8, Anexo III, Título IV, Derecho de Espectáculos Públicos, Parte Especial, de la Ordenanza Municipal N° 3501, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"a) confiterías bailables y variedades, sin entradas en venta $100.00;"

ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR la descripción de las siguientes actividades comerciales en el Anexo XVI, Clasificador de Actividades Económicas de Ushuaia, de la Ordenanza Municipal N° 3501, las que quedarán redactadas de la siguiente manera:

CODIGO DETALLE ALICUOTA POR MIL K.01.04 Discotecas. Mayor a 1.000 m2 2,20 K.01.05 Discotecas. Mayor a 500 y hasta 1.000 m2 2,10 K.01.06 Discotecas. Mayor a 200 y hasta 500 m2 1,80 K.01.07 Discotecas. Menor o igual a 200 m2 1,60

ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5045

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 27/04/2016.-

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 629/2016
Aconserja Proyecto Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.