Ordenanza N° 512 NO

Datos de la ordenanza
Número
512
Fecha de sanción
17/05/1989
Vigencia
NO
Decreto
300
Tema
Transporte Público
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 10 EXIMASE de la obligatoriedad de cubrir el turno mínimo de seis (6) horas, asignado según los artículos 27° y 30 0 de la Ordenanza Municipal N° 412/88., a aquellos Concesionarios de Licencias de Taxf que cuenten con una antigüedad en la prestación del Servicio que no supere los cinco (5) aaos y que desarrollen actividades gremiales, sin percepción de remuneración alguna por esta función.-

ARTICULO 2°.- El Ejecutivo Municipal requerirá a los Concesionarios en esta cir-// cunstancia, las probanzas que acrediten el cargo que desempeñan dentro del Organis. eZnaza/4 Wonce/e2 g"eáhzeinte la Zaciad ¿e 2AZtaia mo Sindical que constará en sus respectivos legajos.-

ARTICULO 3'.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- .": Ple) -.11.TA R-0 r rT o esidnnte ADI,B DONDEJD DELIBERANTE EtLJ H31413R.BIE CZUZEUNTE ORDENANZA MUNICIPAL N /89 - DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA_ 17/05/89.-

Observaciones
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