ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 3456 que aprueba la carta de zonificación del Ordenamiento Territorial de los Bosques del Ejido Urbano de la ciudad, atento a lo aprobado por el Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente por Resolución N° 167/2015, como autoridad de aplicación de la Ley Provincial N° 869 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la provincia de Tierra de Fuego.
ARTÍCULO 2°.- APROBAR el cambio de categoría de conservación II a III, correspondientes al Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos del ejido urbano de la ciudad, en un sector ubicado en la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra por una superficie aproximada de veintiséis hectáreas (26,00 Has.), de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente y en atención a la modificación enunciada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- La superficie correspondiente a dicho cambio de categoría, deberá ser incluida en la próxima actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN) de la Provincia.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4867
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/07/2015.-