Ordenanza N° 4112 —

Datos de la ordenanza
Número
4112
Fecha de sanción
18/04/2012
Vigencia
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Tema
Administración Municipal / Educación
Comisión
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Descripción

ARTÍCULO 1º.- La autorización al funcionamiento de un establecimiento educativo en el segundo piso del inmueble identificado como parcela 9g del macizo 70 sección A, de esta ciudad quedará condicionada a:

a) el cumplimiento de las normas de seguridad y los requerimientos que surjan del informe de seguridad efectuado por un profesional con competencia y aprobado por el Área Técnica de Bomberos de la Policía provincial;

b) el proyecto edilicio debe contar con el aval del Ministerio de Educación de la Provincia.

ARTÍCULO 2º.- PRORROGAR por el plazo de ciento veinte (120) días el período establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza Municipal N° 4027, el cuál comenzará a contarse una vez vencido el plazo vigente.

ARTÍCULO 3º.- DEROGAR el Articulo 2° de la Ordenanza Municipal N° 4027.

ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4112

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 18/04/2012.-

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