ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR en el Clasificador de Actividades Económicas de
Ushuaia (C.A.E.U), aprobado por Ordenanza Municipal N°3501 la posición F.05.07 y
F.05.08, respectivamente, las que quedarán redactadas de la siguiente manera:
CÓDIGO
DETALLE
ALÍCUOTA
F.05.07
Empresas telefónicas operadoras de comunicaciones móviles
24,00
F.05.08
Empresas de televisión por cable o satelital
20,00
ARTÍCULO 2º.- MODIFICAR en el Clasificador de Actividades Económicas de Ushuaia
(C.A.E.U), aprobado por Ordenanza Municipal N°3501 la posición F.05.03 y F.05.04,
respectivamente, las que quedarán redactadas de la siguiente manera:
CÓDIGO
DETALLE
ALÍCUOTA
F.05.03
Empresa de servicios de telefonía fija menor a 500 m2
5,00
F.05.04
Empresa de servicio de telefonía fija, igual o mayor a 500 m2
8,00
ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER que la incorporación y modificación de los códigos
detallados en los artículos precedentes, entrarán en vigencia desde el período fiscal
2.012
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4010
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 03/08/2011
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