Ordenanza N° 3830 NO

Datos de la ordenanza
Número
3830
Fecha de sanción
22/09/2010
Vigencia
NO
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 3º de la Ordenanza Municipal 565/89, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTICULO 3º .- Los interesados presentaran la solicitud de inhabilitación acompañada de: a) Certificado de Aptitud Técnica para Habilitación Comercial extendido por la Dirección de Obras Privadas, dependiente de la Secretaria de Desarrollo y Gestión Urbana. Si el interesado no posee planos aprobados por la Municipalidad del local que desea habilitar, o existieran modificaciones en el mismo, deberá presentar plano de habilitación original y tres copias heliográficas; b) memoria descriptiva si correspondiere, indicando: alimentos a procesar, materia prima a utilizar, envase y rótulo (adjuntar ejemplar), nómina de productos a elaborar, proceso de elaboración; c) certificado extendido por la Dirección de Rentas Municipales donde conste que el inmueble donde se desarrollara la actividad, con independencia de quien solicite la habilitación sea propietario del mismo o lo reciba en alquiler, este libre de deuda por impuesto inmobiliario y tasas generales de servicios municipales, pudiendo además tener deuda regularizada mediante planes de pago por contribución por mejoras y/o venta de tierras fiscales; d) número de inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tierra del Fuego; e) numero de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos; f) cuando el solicitante de la habilitación no fuera propietario del inmueble donde funcionará el comercio, una copia autenticada del contrato de locación; g) si el solicitante fuera una sociedad, se requerirá el contrato correspondiente con la constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio; h) Certificado de Prevención contra incendios extendido por los organismos competentes. 

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