ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR, del uso público las fracciones que se detallan a continuación, para ser afectadas a la conformación de la trama urbana del sector, conforme al croquis que, como Anexo I, corre agregado a la presente: 1) una fracción de setecientos sesenta y nueve metros cuadrados (769m 2) del espacio verde identificado catastralmente como parcela 3B, macizo 2, sección H, de la ciudad de Ushuaia, para ser afectada como calle y ochava; 2) una fracción de un mil ochocientos ochenta y un metros cuadrados (1881m2) aproximadamente, de la parcela identificada catastralmente como parcela 2, macizo 2, sección H, de la ciudad de Ushuaia, de dominio municipal (cementerio Parque), para ser afectada como calle y ochava; 3) una fracción de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados (148m2) de la parcela identificada en el punto 2 de la presente, para ser afectada como espacio verde y anexada a la parcela 2, del macizo 2, de la sección H, de la ciudad de Ushuaia; 4) una fracción de cuatrocientos ocho metros cuadrados (408m2) de la calle Formosa para ser afectada como espacio verde y anexada a la parcela 3, macizo 52, sección H, de la ciudad de Ushuaia.