ARTICULO 1°.- MODIFICAR el Artículo 11.1.1.2.5. Documentación necesaria para la Aprobación de Proyectos de Arquitectura — inciso d) — del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "11.1.1.2.5. inciso d): en aquellos proyectos donde exista tendido de red eléctrica de media tensión, deberá presentarse previo a la aprobación del proyecto, la convalidación del mismo por parte de la Dirección Provincial de Energía en los aspectos de seguridad referidos a ia normativa aplicable para estos casos."
ARTICULO 2°.- MODIFICAR el inciso a) Obras Existentes que cumplen con la normativa vigente del Artículo 11.1.2 Empadronamiento de Obras Construidas sin Permiso Municipal, de la Ordenanza Municipal N° 3228, el que quedará redactaqo de la siguiente manera: "11.1.2. inciso a) Obras Existentes que cumplen con la Normativa Vigente: los planos que se presenten de una obra construida o en construcción Sin Permiso Municipal, cuando cumplan con las normas reglamentarias vigentes, serán rotulados como "Visado, Obra Reglamentaria", una vez cumplimentadas las sanciones y/o multas que correspondieren. Se presentarán como obra a empadronar."
ARTICULO 3°.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 2182, que incorpora al Código de Planeamiento Urbano el ínciso e) del artículo 11.1.3.1.4.
ARTICULO 4°.- MODIFICAR el articulo 2° de la Ordenanza Municipal N° 2426: PERMISOS DE OBRAS EN PARCELAS CON OBRAS ANT1RREGLAMENTARIAS PREEXISTENTES- incorporado al Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 2139 como Articulo 11.1.3.1.5., del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "11.1.3.1.5. PERM1SOS DE OBRAS EN PARCELAS CON OBRAS ANTIRREGLAMENTARIAS PREEXISTENTES: el área técnica municipal competente podrá otorgar permisos de obra a proyectos que se implanten en parcelas que cuenten con construcciones antirreglamentarias preexistentes, únicamente para obras de ampliación sle, refacción de viviendas unifarniliares que permitan mejorar las condiciones de habitabilidad, siendo condicionante para :;;,----- "Z Coite#9- __C»ehiferarit& cl& ta CiaAricui de Mitztaict dicha autorización que las construcciones existentes cumplan con las normas de seguridad vigentes."
ARTÍCULO 2°.- REGISTRESE. Pase al Departamento Ejecutivo municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 1 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 22/07/2009