ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de cumplir con el articulo VII.2.1.2. Indicadores Urbanísticos - F.O.S. Zonificación Residencial Media / Baja - R2, del Código de Planeamiento Urbano, a la Parcela denominada catastralmente como Parcela 01, del Macizo 21, de la Sección H, autorizando un F.O.S. máximo de 0,70, de acuerdo a lo construido y declarado en el plano de mensura.
ARTICULO 2°.- ESTABLECESE para las parcelas emergentes de la subdivisión de la parcela denominada catastralmente como Parcela 01, del Macizo 21, de la Sección H, que toda modificación de obra u obra nueva, deberá ajustarse a los indicadores urbanísticos para la zona.
ARTICULO 30 •- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 01/10/2008.