ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Inciso 8) del Artículo 13 - Capítulo III "Derechos Varios Municipales", Título I, "Servicios de Inspección Veterinaria" - de la Ordenanza Municipal 1508, modificada por Ordenanza Municipal 2901, conforme se transcribe a continuación: "8) Por Inspección y Certificación de Desnaturalización de Productos Alimenticios, a solicitud del Contribuyente: Hasta 500 Kilogramos $ 127,50 Adicional por kilo que exceda los 500 Kilogramos $ 0,30"
ARTICULO 2°.- SUSTITUYASE el Artículo 20 del Capítulo III, Título VI - "Usos y Servicios del Matadero Municipal" - de la Ordenanza Municipal 1508, modificado por Ordenanza Municipal 2734, como se transcribe a continuación: "
ARTICULO 20.- De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, se abonan los siguientes valores: Por cabeza de ganado OVINOS: $ 15,00.- Corderos $ 18,00.- Borregos $ 20,00.- Capones, Ovejas y Carneros BOVINOS: $ 120,00.- Vacas, Toros $ 100,00.- Vaquillonas y Novillos $ 60,00.- Terneros y Novillitos PORCINOS: $ 30,00.- Lechón $ 50,00.- Cachorros $ 80,00.- Verracos, Capones y Cerdas LEPORIDOS: $ 5,00.-" Conejos a) del Artículo 14 Título II, "Derechos de
ARTICULO 3°.- SUSTITUYASE eJ4Í ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL ÉCTORMN RO GUEZ /Nc COCI" IÓN LEGI TWA Jd CONCEI DELIBERANTE DE USHLIAIA.' "Las Islas Malrinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales son y serrin Argentinos" Oficina" de la Ordenanza Municipal 1508, el que quedará redactado de la siguiente manera: $ 10,00.- "a) Por emisión de Libreta Sanitaria $ 10,00.- Por renovación de Libreta Sanitaria Por extravío de Libreta Sanitaria $ 15,00.-"
ARTICULO 40 •- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 01/10/2008. Jam. C.P. ALBERTO ABEI ARAUZ DE PAARCO 4- Vicepresidente 1° Secretarlo Deliberante Ushusia Coneel9 Dellberante Concelo A CARGO DE LÁPRESIDENCIA ES COPINFIEL DEL ORIGINAL E H ---__ É•éM-R-RhÓN ROf P!(,, NC 1.000- ACIÓN LEG*AT IVA C01,JCEJ0 DELIBERANTEpE Ordenanza NPuromvineciarode:T3ie3rra9d6el Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur 3/3 República Argentina Municipalidad de Ushuaia US UAIA, 15 OCT 21)03 VISTO el expediente N 2 CD-7380-20 8 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 01/10/2008, por medio de la cual se sustituye el inciso 8) del artículo 13, artículo 20 del Capitulo III, Título VI, y el inciso a) del artículo 14, Título II, de la Ordenanza Municipal 1\12 1508. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.S.L. y T. N2 7 8 2 /2062, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA "
ARTICULO Promulgar la Ordenanza Municipal N2 , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/10/2008, por medio de la cual se sustituye el inciso 8) del artículo 13, artículo 20 del Capitulo III, Título VI, y el inciso a) del artículo 14, Título II, de la Ordenanza Municipal N 9- 1508. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2 2 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1 4 2 0 2008.- 0 DECRETO MUNICIPAL N am. ed . dustavo Oscar ZAMORA SECR 10 DE HACIENDAY F1NANZAS Mu cipaldad de Ushuaia