ARTICULO 1°.- APRUEBASE el anteproyecto de macizos y parcelamiento propuesto para las fracciones fiscales localizadas en la Sección Q de la ciudad de Ushuaia, desafectadas mediante Ordenanza Municipal 2819 y afectadas a los proyectos de urbanización por autogestión colectivas con el Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación Fueguina (S.U.T.E.F.), la Asociación Mutual de Luz y Fuerza Ushuaia y la Cooperativa de Vivienda "10 de Marzo" Ltda., en el marco de los Convenios registrados bajos los números 3421, 3423 y 3427 respectivamente, de acuerdo al plano que forma parte de la presente como Anexo
ARTICULO 2°.- La aprobación del anteproyecto de macizos y parcelamiento indicado en el Artículo 1° de la presente, quedará condicionada a la aprobación de los proyectos de infraestructura de servicios por parte de los entes competentes.
ARTICULO 3°.- Las obras de ejecución de apertura de calles, cordón cuneta e infraestructura de pluviales y la resolución del tendido de los servicios de agua, cloaca, gas y energía eléctrica, de la trama urbana emergente del anteproyecto aprobado por el Artículo 1° de la presente, se resolverán conforme lo establecido en las Cláusulas Séptima y Octava de los Convenios suscriptos con cada entidad.
ARTICULO 4°.- ESTABLÉZCANSE, para el sector aprobado por el Artículo 1° de la preánte, las normas de procedimiento e indicadores urbanísticos indicados en el Anáco I de la presente. AIVICULO 5°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, deá al Boletín Oficial Municipal para su publicáción y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 2 94 . Sancionada en Sesiunda Lectura en Sesión Ordinaria de Fecha: 27/11/2007.