Ordenanza N° 3194 —

Datos de la ordenanza
Número
3194
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales / Ordenamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR el uso no consignado "Complejo de Usos Múltiples" en la Tabla de Usos del Código de Planeamiento Urbano, para la actividad a desarrollarse en las parcelas identificadas catastralmente como Sección “F”, Macizo 6, Parcelas 5b y 6, de la ciudad de Ushuaia, condicionado a la aprobación del proyecto que se tramita mediante Expediente de Obra No 260/2006 del registro de la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad de Ushuaia, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo VIl.I.1.8. de la Ordenanza Municipal No 2139 (Código de Planeamiento Urbano) y la aprobación de un informe de impacto urbanístico por parte del área técnica municipal competente.

ARTICULO 2°.- EXCEPTUAR el cumplimiento del Articulo VIl.I.1.8., "Altura máxima permitida" para la zonificación Mixto Residencial y el Artículo VIl.2.11. "Retiro de Costa de Mar", ambos de la Ordenanza Municipal No 2139 (Código de Planeamiento Urbano), autorizando alturas máximas superiores y a ocupar el Retiro de Costa, conforme la magnitud y particularidades topográficas de la zona de implantación del edificio proyectado, quedando condicionada la aprobación del proyecto, a la aprobación de un informe de impacto urbanístico por parte del área técnica municipal competente, donde deberán estar contemplados los siguientes lineamientos de acción y medidas de mitigación: a) Generación por parte del proponente, de una calle costanera ejecutada a su cargo y costas a nivel de carpeta asfáltica y cordón cuneta, con la materialización de espacios públicos sobre el final de su recorrido y tratamiento de accesos al complejo; b) Formalización ante el Municipio de la cesión de uso del sector de la parcela F-6-6 y el compromiso de recuperación del sector de costa, mediante convenio por escritura pública, para su afectación como calle y espacios de uso público, con la documentación de respaldo para su evaluación; c) Convalidación del proyecto, en lo que respecta a la vinculación vehicular del complejo y sus circuitos internos con la Avenida Perito Moreno, por parte de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Dirección de Tránsito, y materialización del mismo a nivel de carpeta asfáltica y cordón cuneta a su cargo y costas.- d) Accesos y salidas vehiculares para transporte de carga, desde y por la 1 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia Sanciona con Fuerza de Ordenanza: Ordenanza Avenida Perito Moreno; e) A los efectos de incorporar conceptos de calidad de espacio público e imagen urbana, se debe adecuar el proyecto en cuanto retiro de costa y altura del edificio, a una relación mínima h/d=0.40, siendo h= altura del edificio sobre línea de edificación y d = distancia entre la línea de edificación y la línea de máxima marea; f) Cumplimentar con lo establecido en el artículo 28º de la Ley Provincial No 370.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3194 . DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 14/12/2006.

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