Datos de la ordenanza
Número
3134
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE a partir de la promulgación de la presente que toda
persona que deba obtener el Carnet de Conductor en las Categorías “D 1” y “D 2”, deberá
acreditar una residencia mínima de DOS (2) años en la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 2º.- ABROGASE la Ordenanza Municipal 2367.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3134 .
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 01/11/2006.
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1201/2006, DE FECHA: 16/11/2006.-
JUAN CARLOS ARCANDO
RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 3464
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1
Esta ordenanza deroga a:
N° 2367
ARTICULO 1º.- ESTABLÉCESE, a partir de
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 4912
ARTÍCULO 1°.- DEROGAR las Ordenanzas M
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