Ordenanza N° 3134 NO

Datos de la ordenanza
Número
3134
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- ESTABLECESE a partir de la promulgación de la presente que toda

persona que deba obtener el Carnet de Conductor en las Categorías “D 1” y “D 2”, deberá

acreditar una residencia mínima de DOS (2) años en la Provincia de Tierra del Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ARTICULO 2º.- ABROGASE la Ordenanza Municipal 2367.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3134 .

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 01/11/2006.

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1201/2006, DE FECHA: 16/11/2006.-

JUAN CARLOS ARCANDO

RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA

Vínculos con otras ordenanzas