Datos de la ordenanza
Número
2367
Fecha de sanción
05/09/2001
Vigencia
NO
Decreto
999
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción
ARTICULO 1º.- ESTABLÉCESE, a partir de la promulgación de la presente, que toda
persona que deba obtener el Carnet de Conductor en las Categorías “D 1” y “D 2”,
deberán acreditar una residencia mínima de DOS (2) años en la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 2º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2367 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 05/09/2001.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 999/2001, DE FECHA: 13/09/2001
MONICA BEATRIZ OJEDA
MARCOS F.A. LUGONES
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 3134
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE a partir de l
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