ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1056, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 1°.- PROH1BASE en el ámbito de los Complejos Polideportivos "Comodoro Augusto Lasserre" e "Islas Malvinas", lo siguiente: a) Expendio, consumo o ingreso de bebidas de contenido alcohólico, en ocasión de la realización de prácticas, eventos deportivos o de cualquier otra índole; b) El expendio de bebidas analcohólicas en envase de vidrio; c) La venta y consumo de cigarrillos y tabaco en cualquiera de sus formas.
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 29 ORDENANZA MUNICIPAL N° 84 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 23/11/2005.-