Ordenanza N° 2618 NO

Datos de la ordenanza
Número
2618
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASÉ el Artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 2338, ei que

quedará redáctado de la siguiente forma:

"Artículo 29.- La estructuración del Plan instituído por aplicación del artículo antenol

deberá prever.la creación de una Comisión de coordinación y asesoramiento permanente.

a la que deberá invitarse como integrante a:

Un (1) representante del Ejecutívo Municipal del área de fiscalización y contro

competente.

- Un (1) representante del Ejecutivo Municipal del área de Desarrollo Social.

Un (1) representante de cada Bloque del Concejo Deliberante.

Un (1) representante de las Asocíaciones protectoras-debidamente reconocidas.

- Un (1) representante de los profesionales veterinarios residentes en la ciudad.

Un (1) representante de las empresas de correos y otros servicios que , requieran

presencia periadiCa de perSoOl:en la vía pública.

- Un (1) representante del Ministerio de Educación de la Provincia.

- Un (1) representante de las Comisiones Barriales, que deberá alternarse

periódicamente en función del cronograma de actividades en los distintos borrios

que se establelca para la ejecución del Plan.

- Un (1) representante de la Universidad de la Plata, en el marco del convenio

suscripto con el municipio, que actuará como monitor externo y -órgano de

consulta de la aplicación de la presente.

Sus miembros actuarán ad honorem y serán renovados en función dei reglamento due

ellos mismos se dicten.

Lo iepresentantes serán convocados por medio fehaciente. La ausencia de uno o mas

sus miembros no inhabilitará el funcionamiento de la comision y sus decisiones se::

válidas

ARTÍCULO 2 0 .- Comuníquese. , Pase al Departamento Ejecutivo para su promuigacion

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

Ordenanza Numero: 2618 ars—c7.1-Tiardenas

2/2

Jefe Dpto Despacho Gonorai

Municipalidad de Lshuaia D.L yDG A.L,M

USHUAIA, Nr.Y1 2003

VISTO: El Expediente N° CD- 05588/2003 del Registro de esta Municipalidad,

CONS1DERANDO:

Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

22/10/2003, por la cual se modifica el Artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 2338.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

8 Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° /2003, recomendando su

promuigación

Que ei susc:ipto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrandose facultado para el dictado del presente acto admínistrativo, en atención a

las prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Usnuaia.

Por ello:

1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1 0 .- Promulgar la Ordenanza Municipal N sancionada por el

Concejo Deliberante oe la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 22/10/2003,

por la cual se modifics el Artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 2338. Ello en virtud

de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Cornunicar. Dar al Boletín Ofícial dla M dad de Ushuaia.

Cumplido. aírjvar

DECRETO MUNICIML N° -12003.

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