Ordenanza N° 2382 NO

Datos de la ordenanza
Número
2382
Fecha de sanción
03/10/2001
Vigencia
NO
Decreto
1104
Tema
Ruidos Molestos
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 15 de la Ordenanza Municipal Nº 1721, el

cual quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 15.- En horario nocturno quedará prohibido en la vía pública y en

todo local que tenga acceso público o privado, producir música de cualquier

naturaleza, salvo expresa autorización del Departamento Ejecutivo, y en absoluto

provocar sonidos de todo tipo, cuando superen los 36 dB(A), medidos desde las

habitaciones de los vecinos linderos. En las demás horas del día el uso de

aparatos sonoros o parlantes podrá mantenerse en forma tal que las voces o

sonidos no lleguen al exterior en niveles superiores a los establecidos en el

Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 1721.”

ARTICULO 2º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y

ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2382 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 03/10/2001.-

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Observaciones
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Vínculos con otras ordenanzas