Artículo 81° de la Ley Territorial N° 236, el Señor Intendente
puede dictar ordenanzas durante el período de receso del Concejo Deliberante.
Que el suschpto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo
en virtud de lo establecido en los Artículos 81° y 101°, incisos 1) y 20) de la Ley
Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA
ORDENANZA.
losARTICULO 1°: - DEROGAR las Ordenanzas Municip 1111 01, N° 431 y N° 473, por
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- COMUNIQUESE al Departamento Deli . q ei Dese al Boletín Oficial
de la Municipalidad de Ushuaia. y ARCHIVESE.-
2 2 67 1\Ilkijk
1 4 3 ORDENANZA MUNICIPAL N°
DECRETO MUNICIPAL N° 0 /2001
,••••••0001011111VORGE :, `, MR.AMUfsi0
In I nte
icipai 1 a Ushuáa
\ 61o, JUAN MANUEL ROMANO
gOretirlo de Goblerno Mulapa,
MUnlelpalidad de Ushuale
''_as I slas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, so rán Argentinas"