ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo V.1.3 (Espacio libre
de Macizo) y Artículo VI.3.2 (Altura Mínima) del
ANEXO I de la Ordenanza Municipal
N° 2139, autorizándose a dejar un espacio libre en el sector posterior de la parcela
de 6,94m de largo por 4,26m de ancho y una altura mínima para el local, cocina de
2,11 mts. para la propiedad ubicada en la Parcela 5b, del Macizo 10 de la Sección A,
propiedad del Señor Juan Roberto LAGANA.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 2 258
DADA EN SESION ORDINARIA DE C A: 29/11/2000.-
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Municipalidad de Ushuaia Jefe Dpto Despacho General
12 D I C 2000 D.LT yOG A.L,M
USHUAIA,
VISTO: El Expediente N° 07171/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
29/11/2000, por la cual se exceptúa de lo establecido en los Artículos V.1.3 y VI.3.2 del
Anexo I de la Ordenanza . Municipal N° 2139 a la Parcela 5b, Macizo 10, Sección A,
propiedad del señor Juan Roberto LAGANA.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 688/2000, recomendando su
promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
5 8 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 2 sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 29/11/2000,
por la cual se exceptúa de lo establecido en los Artículos V.1.3 y VI.3.2 del Anexo I de
la Ordenanza Municipal N° 2139 a la Parcela 5b, Macizo 10, Sección A, propiedad del
señor Juan Roberto LAGANA. Ello en virtud de lo expuesto en el exo 10.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficia a M icipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archívese.
DECRETO MUNICIPAL N° 5 26 /2000.
LIO.JUANMANUEL ROMANO
Soorderlo de Gobierno Municipal
Municipalidad de Ushuala
GE A. GARRAMUÑ
1ntendente
ciad de Ushuala
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos Continentales Serán Argentinos"