Ordenanza N° 2250 NO

Datos de la ordenanza
Número
2250
Fecha de sanción
15/11/2000
Vigencia
NO
Decreto
1444
Tema
Justicia de Faltas
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1 0 .- SUSTITUYASE el Artículo 25 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el

que quedará redactado de la siguiente manera;

"

ARTICULO 25.- La carencia de Libreta Sanitaria, con multa de 300 U.F.A. a 2.000

U.F.A. y/o clausura hasta treinta (30) días.

La carencía de Certificado de Manipulador de alimentos, con multa de 300 U.F.A. a

2.000 U.F.A. y/o clausura hasta treinta días."

ARTICULO 2°.- SUSTITUYASE el Artículo 26 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el

que que redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 26.- La tenencia de Libreta Sanitaria vencida, con multa de 100 U.F.A.

a 1.000 U.F.A. y/o clausura de treinta (30) días.

La tenencia de Certificado de Manipulador de alimentos vencido, con multa de 100

U.F.A. a 1.000 U.F.A. y/o clausura de treinta (30) días.

En el presente caso y en los Artículos 23 y 25, las penas se aplicarán por persona en

infracción y será pasible de las mismas el empleador."

ARTICULO 3 0 .- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

2250 15/11/200

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESION ORDINARIA DE F

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C/OS , .A. LUG7 ES MONIC BEATRIZ OJEDA

Secretario residente

Concejo Dellbera te Concejo Deliberante

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República Argentina ete-a-i-rcTena s

Jefe Dpto Despacho General

Municipalidad de Ushuaia

D.L T yDG A.L.M

USHUAIA, 23 NOV 2000

VISTO: El Expediente N° 06892/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

15/11/2000, por la cual se sustituye el Artículo 25 y 26 de la Ordenanza Municipal N°

1492.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 650/2000, recomendando su

promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a

las prescripciones del Artículo 101 0 Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA sancionada por el

2 2 5 0

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°

Concejo Del i berante de la Ciudad de Ushuaia en zezión ordinaria del día 1511112000,

por la cual se sustituye el Artículo 25 y 26 de la Ordenanza Municipal N° 1492. Ello en

virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial de la Municip iad de Ushuaia.

1 4 4 4 Cumplido, archívese. /2000.

DECRETO MUNICIPAL N°

Llo,JUANMANUELROMANC GARRAMUN

SoCreterio de Goblerrtp MunicIpar

MunicIpalidad de Ushuala

Idente

Mu • de Ushugle

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos Continentales Son y eran gentinos"

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